Comunicación del Ministerio de Economía del Reino de los Países Bajos con arreglo al artículo 3, apartado 2, de la Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos

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ES Diario Oficial de la Unión Europea 11.2.2014

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LOS ESTADOS MIEMBROS Comunicación del Ministerio de Economía del Reino de los Países Bajos con arreglo al artículo 3, apartado 2, de la Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos

(2014/C 40/03)

El Ministerio de Economía notifica que ha recibido una solicitud de permiso de extracción de hidrocarburos en el bloque N5 indicado en el mapa adjunto como anexo 3 del Reglamento ministerial sobre explotación minera (Mijnbouwregeling, Stcrt 2002, n o 245).

El Ministerio de Economía invita a las entidades interesadas a presentar a concurso solicitudes de prospección de hidrocarburos para el bloque N5 de la plataforma continental de los Países Bajos, remitiendo a la Directiva mencionada en el encabezamiento y al artículo 15 de la Ley de minería (Mijnbouwwet) (Stb. 2002, n o 542).

El Ministerio de Economía es la autoridad competente para la concesión de permisos. Los criterios, condiciones y requisitos mencionados en los artículos 5.1, 5.2 y 6.2 de la Directiva susodicha se...

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