Decisión de la Comisión, de 3 de octubre de 2003, relativa al procedimiento de certificación de la conformidad de productos de construcción con arreglo al apartado 2 del artículo 20 de la Directiva 89/106/CEE del Consejo, en lo que concierne a componentes para edificios de estructura metálica, componentes para edificios de estructura de...

SectionDirective
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 3 de octubre de 2003 relativa al procedimiento de certificación de la conformidad de productos de construcción con arreglo al apartado 2 del artículo 20 de la Directiva 89/106/CEE del Consejo, en lo que concierne a componentes para edificios de estructura metálica, componentes para edificios de estructura de hormigón, elementos de construcción prefabricados, componentes para cámara frigorífica, componentes para protección contra desprendimientos de piedras [notificada con el número C(2003) 3452] (Texto pertinente a efectos del EEE) (2003/728/CE) LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 89/106/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1988, relativa a la aproximación de las disposiciones legales,

reglamentarias y administrativas de los Estados miembros sobre los productos de construcción (1), modificada por la Directiva 93/68/CEE (2), y, en particular, el apartado 4 de su artículo 13,

Considerando lo siguiente:

(1) La Comisión debe elegir, entre los dos procedimientos previstos en el apartado 3 del artículo 13 de la Directiva 89/106/CEE para la certificación de la conformidad de un producto, el procedimiento menos oneroso posible que sea compatible con la seguridad. Ello significa que,

para la certificación de la conformidad de un determinado producto o familia de productos, debe decidirse si la existencia de un sistema de control de...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT