Reglamento de Ejecución (UE) nº 1090/2011 de la Comisión, de 27 de octubre de 2011, relativo a la expedición de certificados de importación de arroz en el marco de los contingentes arancelarios abiertos para el subperíodo de octubre de 2011 por el Reglamento (CE) nº 327/98

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

L 281/20 Diario Oficial de la Unión Europea 28.10.2011

ES

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) N o 1090/2011 DE LA COMISIÓN

de 27 de octubre de 2011

relativo a la expedición de certificados de importación de arroz en el marco de los contingentes arancelarios abiertos para el subperíodo de octubre de 2011 por el Reglamento (CE) n o 327/98

LA COMISIÓN DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, Visto el Reglamento (CE) n o 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas (Reglamento único para las OCM)

( 1 ),

Visto el Reglamento (CE) n o 1301/2006 de la Comisión, de 31 de agosto de 2006, por el que se establecen normas comunes de gestión de los contingentes arancelarios de importación de productos agrícolas sujetos a un sistema de certificados de importación

( 2 ), y, en particular, su artículo 7, apartado 2, Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) n o 327/98 de la Comisión, de 10 de febrero de 1998, relativo a la apertura y el modo de gestión de determinados contingentes arancelarios de importación de arroz y arroz partido

( 3

) abrió y estableció el modo de gestión de determinados contingentes arancelarios de importación de arroz y arroz partido, repartidos por países de origen y divididos en varios subperíodos conforme a lo indicado en el anexo IX del citado Reglamento.

(2) Para el contingente número 09.4138, previsto en el artículo 1, apartado 1, letra a) del Reglamento (CE) n o 327/98 el subperíodo único es el mes de octubre. Este contingente comprende el saldo de las cantidades no utilizadas de los contingentes números 09.4127,

09.4128, 09.4129 y 09.4130 del subperíodo precedente. El mes de octubre es el último subperíodo para los contingentes números 09.4148 y 09.4168 previstos en el artículo 1, apartado 1, letras b) y e), del Reglamento (CE) n o 327/98 y que comprenden el saldo de las cantidades no utilizadas del subperíodo precedente.

(3) Según se desprende de la comunicación efectuada en aplicación del artículo 8, letra a), del Reglamento (CE)

n o 327/98, las solicitudes presentadas a lo largo de los diez primeros días hábiles del mes de octubre de 2011, conforme a lo dispuesto en el artículo 4, apartado 1, del Reglamento citado, para el contingente con el número de orden 09.4138, se refieren a una cantidad superior a la...

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