Informe sobre las cuentas anuales de la Agencia Ejecutiva de Competitividad e Innovación correspondientes al ejercicio 2009, acompañado de las respuestas de la Agencia

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ES Diario Oficial de la Unión Europea C 338/83

INFORME

sobre las cuentas anuales de la Agencia Ejecutiva de Competitividad e Innovación correspondientes al ejercicio 2009, acompañado de las respuestas de la Agencia

(2010/C 338/15)

ÍNDICE

Apartados Página

INTRODUCCIÓN . . . 1-2 84

DECLARACIÓN DE FIABILIDAD . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3-12 84

COMENTARIOS SOBRE LA GESTIÓN PRESUPUESTARIA Y FINANCIERA . . . . . . . . . . . . . . . 13 85

OTRAS CUESTIONES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 14 85

Cuadro . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 86

Respuestas de la Agencia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 89

ES Diario Oficial de la Unión Europea 14.12.2010

INTRODUCCIÓN

La Agencia Ejecutiva de Competitividad e Innovación (en lo sucesivo denominada «la Agencia»), con sede en Bruselas, sustituye a la antigua Agencia Ejecutiva de Energía Inteligente (AEEI). Su misión y la duración de esta cambiaron a raíz de la Decisión 2007/372/CE de la Comisión, de 31 de mayo de

1 ), por la que se modifica la Decisión 2004/20/CE ( 2

). La Agencia se estableció por un período limitado, iniciado el 1 de enero de 2004 y que ahora abarca hasta el 31 de diciembre de 2015, con el fin de gestionar las acciones europeas en los ámbitos de la energía, del espíritu empresarial y la innovación, así como del transporte de mercancías sostenible ( 3 ).

El presupuesto administrativo definitivo de 2009 de la Agencia se elevó a 13,3 millones de euros frente a los 11,5 millones de euros de 2008. El número de personas empleadas por la Agencia al término del ejercicio ascendía a 141 frente a las 131 del ejercicio anterior.

DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

De conformidad con el artículo 287, apartado 1, párrafo segundo, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, el Tribunal ha fiscalizado las cuentas anuales ( 4

) de la Agencia, que comprenden los «estados financieros» ( 5 ) y los «estados sobre la ejecución presupuestaria» ( 6

) correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2009, así como la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a dichas cuentas.

La presente declaración de fiabilidad está dirigida al Parlamento Europeo y al Consejo, al amparo de lo dispuesto en el artículo 14 del Reglamento (CE) n o 58/2003 del Con7

).

Funciones del director

El director tiene atribuida, en su calidad de ordenador, la ejecución de los ingresos y gastos del presupuesto, ateniéndose a la normativa financiera de la Agencia, bajo su

propia responsabilidad y ajustándose a los créditos asignados ( 8 ), y es responsable, asimismo, de la implantación ( 9

) de la estructura organizativa y de los sistemas y procedimientos de gestión y control internos necesarios para que las cuentas definitivas ( 10 ) estén libres de incorrecciones materiales, ya sea por fraude o por error, y para garantizar que las operaciones subyacentes a dichas cuentas sean legales y regulares.

Funciones del Tribunal

  1. El Tribunal debe emitir, basándose en la fiscalización realizada, una declaración sobre la fiabilidad de las cuentas anuales de la Agencia y sobre la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a dichas cuentas.

  2. El Tribunal realizó la fiscalización de acuerdo con las normas internacionales de auditoría y los códigos deontológicos de la IFAC y las ISSAI ( 11 ). Estas normas exigen que el Tribunal cumpla con las exigencias deontológicas y que planifique y lleve a cabo la auditoría para obtener garantías razonables de que las cuentas estén libres de incorrecciones materiales y las operaciones subyacentes sean legales y regulares.

  3. La fiscalización del Tribunal implica la aplicación de procedimientos destinados a obtener pruebas de auditoría sobre los importes y los datos presentados en las cuentas y sobre la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes. La...

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