Enmiendas aprobadas por el Parlamento Europeo el 8 de octubre de 2020 sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el marco para lograr la neutralidad climática y se modifica el Reglamento (UE) 2018/1999 («Ley Europea del Clima») (COM(2020)0080 — COM(2020)0563 — C9-0077/2020 — 2020/0036(COD))

SectionSerie C
Issuing OrganizationParlamento Europeo

29.9.2021 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 395/119

Proyecto de Resolución legislativa Enmienda — Vistos la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), en particular el ODS n.o 3 «Salud y bienestar»,

Proyecto de Resolución legislativa Enmienda — Vistas las dramáticas consecuencias de la contaminación atmosférica para la salud humana, que, según la Agencia Europea de Medio Ambiente, provoca 400 000 muertes prematuras al año,

Texto de la Comisión Enmienda (-1) La amenaza existencial que supone el cambio climático requiere una mayor ambición y la intensificación de la acción por el clima, tanto por parte de la Unión como de los Estados miembros. La Unión se ha comprometido a intensificar sus esfuerzos para hacer frente al cambio climático y aplicar el Acuerdo de París de 2015 a raíz de la 21.a Conferencia de las Partes en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (en lo sucesivo, «Acuerdo de París») (1 bis) , sobre la base de la equidad y los mejores conocimientos científicos disponibles, asumiendo su justa parte del esfuerzo mundial por limitar el aumento de la temperatura mundial a 1,5 oC por encima de los niveles preindustriales.

Texto de la Comisión Enmienda (1) La Comisión, en su Comunicación de 11 de diciembre de 2019 titulada «El Pacto Verde Europeo» (19), estableció una nueva estrategia de crecimiento destinada a transformar la Unión en una sociedad equitativa y próspera, con una economía moderna, eficiente en el uso de los recursos y competitiva, en la que no habrá emisiones netas de gases de efecto invernadero en 2050 y el crecimiento económico estará disociado del uso de los recursos. Ese Pacto aspira también a proteger, mantener y mejorar el capital natural de la Unión, así como a proteger la salud y el bienestar de los ciudadanos frente a los riesgos y efectos medioambientales. Al mismo tiempo, esa transición debe ser justa e integradora , sin dejar a nadie atrás.

(1) La Comisión, en su Comunicación de 11 de diciembre de 2019 titulada «El Pacto Verde Europeo» (19), estableció una nueva estrategia de crecimiento sostenible destinada a transformar la Unión en una sociedad más sana, equitativa y próspera, con una economía moderna , sostenible , eficiente en el uso de los recursos y competitiva a nivel internacional, y con un empleo de alta calidad , en la que no habrá emisiones netas de gases de efecto invernadero en 2050 y el crecimiento económico estará disociado del uso de los recursos. Ese Pacto aspira también a proteger, mantener , restaurar y mejorar el capital natural , los ecosistemas marinos y terrestres y la biodiversidad de la Unión, así como a proteger la salud y el bienestar de los ciudadanos frente a los riesgos y efectos medioambientales. Esa transición debe basarse en las pruebas científicas independientes más recientes. Al mismo tiempo, ha de ser socialmente justa e inclusiva , basarse en la solidaridad y el esfuerzo colaborativo a escala de la Unión, garantizando que nadie se quede atrás , al tiempo que se pretende crear crecimiento económico, empleos de calidad y un entorno predecible para la inversión, y seguir el principio de «no ocasionar daños» .

Texto de la Comisión Enmienda (2) El Informe especial del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC) relativo a los impactos del calentamiento global de 1,5 oC con respecto a los niveles preindustriales y las trayectorias correspondientes que deberían seguir las emisiones mundiales de gases de efecto invernadero (20) proporciona una base científica sólida para hacer frente al cambio climático e ilustra la necesidad de intensificar la acción por el clima. Confirma que las emisiones de gases de efecto invernadero deben reducirse con carácter de urgencia y que el cambio climático debe limitarse a 1,5 oC, en particular para que haya menos posibilidades de que se produzcan fenómenos meteorológicos extremos. El informe de evaluación mundial de 2019 de la Plataforma Intergubernamental Científico-Normativa sobre Diversidad Biológica y Servicios de los Ecosistemas (IPBES) (21) puso de manifiesto que el tercer factor más importante responsable de la pérdida de biodiversidad en el mundo era el cambio climático (22).

(2) El Informe especial del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC) relativo a los impactos del calentamiento global de 1,5 oC con respecto a los niveles preindustriales y las trayectorias correspondientes que deberían seguir las emisiones mundiales de gases de efecto invernadero (20) proporciona una base científica sólida para hacer frente al cambio climático e ilustra la necesidad de intensificar rápidamente la acción por el clima y de una transición a una economía climáticamente neutra . Confirma que las emisiones de gases de efecto invernadero deben reducirse con carácter de urgencia y que el cambio climático debe limitarse a 1,5 oC, en particular para que haya menos posibilidades de que se produzcan fenómenos meteorológicos extremos y se llegue a un punto de inflexión . El informe de evaluación mundial de 2019 de la Plataforma Intergubernamental Científico-Normativa sobre Diversidad Biológica y Servicios de los Ecosistemas (IPBES) (21) puso de manifiesto que el tercer factor más importante responsable de la pérdida de biodiversidad en el mundo era el cambio climático (22). Asimismo, demostró que las soluciones basadas en la naturaleza son susceptibles de contribuir en un 37 % a la mitigación del cambio climático de aquí a 2030. El cambio climático tiene graves repercusiones en los ecosistemas marinos y terrestres, que actúan como sumideros esenciales para las emisiones antropogénicas de carbono, con una absorción bruta de aproximadamente el 60 % de las emisiones antropogénicas mundiales anuales.

Texto de la Comisión Enmienda (3) Un objetivo fijo a largo plazo es fundamental para la transformación económica y social, el empleo, el crecimiento y la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas, así como para avanzar de forma justa y rentable hacia el objetivo referente a la temperatura del Acuerdo de París de 2015 sobre el cambio climático, resultante de la 21.a Conferencia de las Partes en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (el «Acuerdo de París»).

(3) Un objetivo fijo a largo plazo es fundamental para contribuir a una transformación económica y social justa , a la creación de empleo de calidad , al bienestar social, al crecimiento sostenible y a la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas, así como para alcanzar de forma rápida, justa , eficaz, rentable y socialmente responsable, sin dejar a nadie atrás, el objetivo referente a la temperatura del Acuerdo de París de 2015 sobre el cambio climático, resultante de la 21.a Conferencia de las Partes en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (el «Acuerdo de París»).

Texto de la Comisión Enmienda (3 bis) La ciencia ha demostrado la interconexión entre la salud, el medio ambiente y la crisis climática, en particular en relación con las consecuencias del cambio climático y la pérdida de biodiversidad y ecosistemas. Las crisis sanitarias y de salud como la de la COVID-19 podrían multiplicarse en las próximas décadas y requerir que la Unión, como actor mundial, aplique una estrategia global destinada a prevenir el desarrollo de estos episodios, abordando los problemas desde la raíz y promoviendo un enfoque integrado basado en los objetivos de desarrollo sostenible.

Texto de la Comisión Enmienda (3 ter) Según la OMS, el cambio climático afecta a factores sociales y ambientales determinantes para la salud (aire limpio, agua potable, alimentos suficientes y refugio seguro) y se prevé un aumento de más de 250 000 muertes al año entre 2030 y 2050 por malnutrición, malaria, diarrea y exceso de calor, debido a las elevadas temperaturas atmosféricas extremas que contribuyen directamente a los fallecimientos, especialmente entre las personas mayores y las más vulnerables. Debido a las inundaciones, las olas de calor, las sequías y los incendios, el cambio climático tiene graves efectos en la salud humana, pudiendo provocar, entre otros, malnutrición, enfermedades cardiovasculares y respiratorias e infecciones transmitidas por vectores.

Texto de la Comisión Enmienda (3 quater) El Acuerdo de París reconoce en su preámbulo que el «derecho a la salud» es un derecho fundamental. De conformidad con la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, todas las Partes deberán emplear métodos apropiados, por ejemplo evaluaciones del impacto, formulados y determinados a nivel nacional, con miras a reducir al mínimo los efectos adversos en la economía, la salud pública y la calidad del medio ambiente, de los proyectos o medidas emprendidos por las Partes para mitigar el cambio climático o adaptarse a él.

Texto de la Comisión Enmienda (3 quinquies) El presente Reglamento contribuye a la protección de los derechos inalienables de los ciudadanos de la Unión a la vida y a un entorno seguro, tal como se reconocen en el Convenio Europeo de Derechos Humanos y en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y exige a las instituciones pertinentes de la Unión y a los Estados miembros que adopten las medidas necesarias a escala de la Unión y nacional, respectivamente, para hacer frente a los riesgos reales e inmediatos, tanto para las vidas y el bienestar de las personas como para el mundo natural del que dependen, que plantea la emergencia climática mundial. El presente Reglamento debe centrarse en las personas y aspirar a proteger la salud y el bienestar de los ciudadanos frente a los riesgos e impactos medioambientales.

Texto de la Comisión Enmienda (3 sexies) La protección del clima debe ser una oportunidad para la economía europea y debe contribuir a asegurar el liderazgo industrial...

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