Reglamento (CE) nº 538/2007 de la Comisión, de 15 de mayo de 2007, relativo a la autorización de un nuevo uso de Enterococcus faecium DSM 7134 (Bonvital) como aditivo para alimentación animal (1)

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

REGLAMENTO (CE) No 538/2007 DE LA COMISIÓN de 15 de mayo de 2007 relativo a la autorización de un nuevo uso de Enterococcus faecium DSM 7134 (Bonvital) como aditivo para alimentación animal (Texto pertinente a efectos del EEE) LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1831/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de septiembre de 2003, sobre los aditivos en la alimentación animal (1), y, en particular, su artículo 9, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) no 1831/2003 dispone la autorización de aditivos para su uso en la alimentación animal y los motivos y procedimientos para conceder dicha autorización.

(2) De conformidad con el artículo 7 del Reglamento (CE) no 1831/2003, se presentó una solicitud de autorización del preparado mencionado en el anexo del presente Reglamento. Dicha solicitud estaba acompañada de la información y la documentación exigidas en el artículo 7, apartado 3.

(3) La solicitud se refiere a la autorización de un nuevo uso del preparado de Enterococcus faecium DSM 7134 (Bonvital) como aditivo en la alimentación de lechones (destetados) y cerdos de engorde, que debe clasificarse en la categoría de 'aditivos zootécnicos'.

(4) El uso del preparado de Enterococcus faecium DSM 7134 (Bonvital) fue autorizado en los lechones y los cerdos de engorde por el Reglamento (CE) no 666/2003 de la Comisión (2) por el que se autoriza provisionalmente el uso de ciertos aditivos en la alimentación animal, en las cerdas por el Reglamento (CE) no 2154/2003 de la Comisión (3) por el que se autorizan provisionalmente ciertos microorganismos en la alimentación animal (Enterococcus faecium y Lactobacillus acidophilus) y en los pollos de engorde por el Reglamento (CE) no 521/2005 de la Comisión (4) relativo a la autorización permanente de un aditivo y a la autorización provisional de nuevas utilizaciones de determinados aditivos ya permitidos en la alimentación animal.

(5) Se presentaron nuevos datos en apoyo de una solicitud de autorización relativa a lechones (destetados) y cerdos de engorde. La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria ('la Autoridad') concluyó en su dictamen de 23 de enero de 2007 que el preparado de Enterococcus faecium DSM 7134 (Bonvital) no tiene efectos adversos para la salud animal, la salud humana ni el medio ambiente (5).

Según dicho dictamen, el uso de ese preparado es eficaz...

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