Decisión de la Comisión, de 18 de octubre de 2007, por la que se aprueba el plan para erradicar la peste porcina clásica de los jabalíes de determinadas zonas de Hungría [notificada con el número C(2007) 5053]

SectionDecision
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 18 de octubre de 2007 por la que se aprueba el plan para erradicar la peste porcina clásica de los jabalíes de determinadas zonas de Hungría [notificada con el número C(2007) 5053] (El texto en lengua húngara es el único auténtico) (2007/683/CE) LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 2001/89/CE del Consejo, de 23 de octubre de 2001, relativa a medidas comunitarias de lucha contra la peste porcina clásica (1), y, en particular, su artículo 16, apartado 1, párrafo segundo,

Considerando lo siguiente:

(1) La Directiva 2001/89/CE establece medidas comunitarias mínimas para la lucha contra la peste porcina clásica.

(2) En enero de 2007 se confirmó la presencia de peste porcina clásica entre los jabalíes de Hungría.

(3) Dada la situación epidemiológica, el 24 de abril de 2007

Hungría presentó a la Comisión, de conformidad con la Directiva 2001/89/CE, un plan de erradicación de la peste porcina clásica de los jabalíes en la zona de Hungría afectada.

(4) La Comisión pidió una modificación de dicho plan. En respuesta a ello, Hungría presentó un plan modificado el 11 de julio de 2007. El plan modificado se ajusta a la Directiva 2001/89/CE, por lo que debe aprobarse.

(5) En aras de la transparencia, procede establecer en la presente Decisión la zona geográfica de Hungría en la que se aplicará el plan de erradicación.

(6) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Se aprueba el plan presentado por Hungría el 11 de julio de 2007 para la erradicación de la peste porcina clásica de los jabalíes en las zonas establecidas en el anexo.

Artículo 2

Hungría pondrá en vigor las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas...

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