Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la Propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Decisión 2000/819/CE relativa al Programa plurianual en favor de la empresa y el espíritu empresarial, en particular para las pequeñas y medianas empresas (PYME) (2001-2005) [COM(2003) 758 final 2003/0292...

SectionDictamen
Issuing OrganizationParlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la 'Propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Decisión 2000/819/CE relativa al Programa plurianual en favor de la empresa y el espíritu empresarial, en particular para las pequeñas y medianas empresas (PYME) (2001-2005)' [COM(2003) 758 final -- 2003/0292 (COD)] (2004/C 302/02) El 23 de diciembre de 2003, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 95 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, el Consejo decidió consultar al Comité Económico y Social Europeo sobre la propuesta mencionada.

La Sección Especializada de Mercado Único, Producción y Consumo, encargada de preparar los trabajos en este asunto, aprobó su dictamen el 9 de junio de 2004 (ponente: Sr. DIMITRIADIS).

En su 410o Pleno celebrado los días 30 de junio y 1 de julio de 2004 (sesión del 30 de junio), el Comité Económico y Social Europeo ha aprobado por 140 votos a favor, un voto en contra y 4 abstenciones el presente dictamen.

  1. Prefacio 1.1 Con respecto a los objetivos fijados en la cumbre de Lisboa, tanto antes como después de ellos la UE ha encontrado y sigue encontrando: a) serios problemas de competitividad y de modernización de las empresas europeas, especialmente de las PYME; b) serios problemas de disfuncionamiento y de burocracia por parte de las administraciones públicas en las medidas destinadas a reforzar el espíritu empresarial; c) insuficiente coordinación entre las organizaciones de pequeñas y medianas empresas, las administraciones públicas y la Comisión sobre las medidas destinadas a reforzar el espíritu empresarial, d) falta de coordinación entre las políticas nacionales en favor de las PYME, e) inexistencia de una estrategia necesaria y a largo plazo en favor de las PYME en los Estados miembros; f) graves dificultades de ayuda financiera a las empresas (en particular las PYME) por parte del sector bancario y de las sociedades de capital de riesgo y acciones; g) costes financieros elevados de los préstamos para las PYME en razón de su pequeño tamaño y de los riesgos acrecentados; y h) falta de una política permanente en favor de las PYME.

    1.2 Aunque haya realizado plenamente el mercado único desde el punto de vista legislativo y normativo, la UE reconoce que la situación actual y sus ventajas potenciales no han sido totalmente asumidas por las PYME y que no se han aprovechado las posibilidades existentes.

    1.3 Al intentar ponerse a la altura de la fuerte posición económica y política de los EE.UU. (1 ), que presentan excelentes resultados en materia de competitividad y de productividad, la UE está luchando por la competencia, a nivel mundial, con Japón, los países del Sudeste Asiático (2 ) y las potencias económicas emergentes como China, India y Brasil.

    1.4 La UE considera el desempleo como el mayor problema económico y social, y se ha fijado como objetivo prioritario la creación de empleo, especialmente en las PYME, que constituyen la mayoría aplastante de las empresas europeas.

    1.5 La UE realiza esfuerzos considerables para reforzar la investigación y la tecnología porque es consciente de que los avances en estos ámbitos son la única garantía de desarrollo y de progreso; no obstante, la estrategia propuesta no siempre produce los resultados previstos, debido a la falta de mecanismos flexibles y a la existencia de marcos reglamentarios que refuerzan la burocracia, reducen la eficacia y producen retrasos perjudiciales.

    1.6 Para hacer frente a todas las dificultades aquí mencionadas, el Consejo de Amsterdam de junio de 1997 y la Cumbre sobre el empleo celebrada en noviembre de 1997 en Luxemburgo sentaron las bases de la Iniciativa para el crecimiento y el empleo. Asimismo, con sus Decisiones 98/347/CE (3 ) y 2000/819/CE (4 ), el Consejo de Ministros sentó las bases del fortalecimiento organizado y continuo del espíritu empresarial europeo, con el objetivo al mismo tiempo de crear empleo por medio de programas específicos.

  2. Introducción 2.1 Objetivos Los objetivos del programa son, por una parte, fomentar la creación de nuevos puestos de trabajo y, por otra, fomentar la constitución y el desarrollo de pequeñas y medianas empresas de carácter innovador, tal como se definen en la Recomendación de la Comisión 96/280/CE, reforzando las inversiones con un incremento de los recursos financieros disponibles.

    7.12.2004C 302/8 Diario Oficial de la Unión EuropeaES (1 ) Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones:

    Plan de acción: El programa europeo en favor del espíritu empresarial [COM(2004) 70 final, 11.2.2004].

    (2 ) Documento de trabajo de los servicios de la Comisión: European Competitiveness Report 2003 [SEC/2003/1299, 12.11.2003] (no existe versión española).

    (3 ) Decisión del Consejo (98/347/CE) sobre medidas de ayuda financiera a las pequeñas y medianas empresas (PYME) de carácter innovador y generadoras de empleo -- Iniciativa para el crecimiento y el empleo (DO L 155...

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