Decisión de la Comisión, de 28 de mayo de 2009, que modifica la Decisión 2006/133/CE de la Comisión, por la que se exige a los Estados miembros que adopten, con carácter temporal, medidas complementarias contra la propagación de Bursaphelenchus xylophilus (Steiner et Buhrer) Nickle et al. (el nematodo de la madera del pino), en lo que respecta a zonas de Portugal distintas de aquellas en las que se haya comprobado su ausencia [notificada con el número C(2009) 3868]

SectionDecision
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

30.5.2009 Diario Oficial de la Unión Europea L 135/29

ES

COMISIÓN

DECISIÓN DE LA COMISIÓN

de 28 de mayo de 2009

que modifica la Decisión 2006/133/CE de la Comisión, por la que se exige a los Estados miembros que adopten, con carácter temporal, medidas complementarias contra la propagación de Bursaphelenchus xylophilus (Steiner et Buhrer) Nickle et al. (el nematodo de la madera del pino), en lo que respecta a zonas de Portugal distintas de aquellas en las que se haya comprobado su ausencia

[notificada con el número C(2009) 3868]

(2009/420/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 2000/29/CE del Consejo, de 8 de mayo de 2000, relativa a las medidas de protección contra la introducción en la Comunidad de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales y contra su propagación en el interior de la Comunidad

( 1 ), y, en particular, su artículo 16, apartado 3, cuarta frase,

Considerando lo siguiente:

(1) De conformidad con la Decisión 2006/133/CE de la Comisión

( 2 ), Portugal está aplicando un plan de erradicación para impedir la propagación del nematodo de la madera del pino (NMP).

(2) El 16 de enero de 2009, el Reino Unido notificó a la Comisión la interceptación de embalajes de madera procedentes de Portugal que contenían NMP vivo y no llevaban la marca descrita en la publicación n o 15 de las Normas Internacionales para Medidas Fitosanitarias de la FAO, relativa a las Directrices para reglamentar el embalaje de madera utilizado en el comercio internacional (en adelante, la «NIMF n o 15»), como establece la Decisión 2006/133/CE.

(3) El 20 de febrero de 2009, Bélgica notificó a la Comisión cinco envíos no conformes de corteza y residuos de madera procedentes de Portugal. La corteza interceptada iba acompañada por certificados de tratamiento fitosanitario por fumigación. Sin embargo, la Decisión 2006/133/CE establece que la corteza ha de someterse a tratamiento térmico. En el caso del envío interceptado de residuos de madera, además, se observaron incoherencias en la documentación acompañante.

(4) El 11 de febrero de 2009, España notificó a la Comisión interceptaciones de envíos de corteza y residuos de madera sensible procedentes de Portugal, en los que se encontró NMP vivo. El 20 de febrero de 2009 y el 3 de marzo de 2009, España notificó a la Comisión interceptaciones de envíos de madera sensible procedente de Portugal que no iban acompañados por un pasaporte fitosanitario, como establece el punto 1, letra a), del anexo de la Decisión 2006/133/CE. Los días 3, 6 y 18 de marzo de 2009, España notificó a la Comisión interceptaciones de envíos de embalajes de madera procedentes de Portugal sin la marca descrita en la NIMF n o 15, como establece la Decisión 2006/133/CE.

(5) El 1 de abril de 2009, Irlanda notificó a la Comisión la interceptación de embalajes de madera procedentes de Portugal en los que se encontró NMP vivo. Además, el 21 de abril de 2009 Irlanda notificó a la Comisión interceptaciones de cuatro envíos de embalajes de madera de procedentes de Portugal sin la marca descrita en la NIMF n o 15.

(6) El 24 de marzo de 2009 y el 3 de abril de 2009, Lituania notificó a la Comisión la interceptación de embalajes de...

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