Reglamento (CE) nº 522/2006 de la Comisión, de 30 de marzo de 2006, por el que se fijan las restituciones por exportación en el sector de la leche y de los productos lácteos

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

REGLAMENTO (CE) No 522/2006 DE LA COMISIÓN de 30 de marzo de 2006 por el que se fijan las restituciones por exportación en el sector de la leche y de los productos lácteos LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1255/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la leche y de los productos lácteos (1), y, en particular, su artículo 31, apartado 3,

Considerando lo siguiente:

(1) El artículo 31, apartado 1, del Reglamento (CE) no 1255/1999 prevé que la diferencia entre los precios en el comercio mundial de los productos contemplados en el artículo 1 del Reglamento y los precios comunitarios de dichos productos pueda compensarse mediante una restitución por exportación.

(2) Atendiendo a la situación actual del mercado de la leche y los productos lácteos, las restituciones por exportación deben fijarse de conformidad con las normas y criterios previstos en el artículo 31 del Reglamento (CE) no 1255/1999.

(3) El artículo 31, apartado 3, párrafo segundo, del Reglamento (CE) no 1255/1999 prevé que las restituciones puedan variar según el destino, cuando la situación del mercado mundial o las necesidades específicas de determinados mercados así lo exijan.

(4) De conformidad con el Memorándum de acuerdo entre la Comunidad Europea y la República Dominicana sobre la protección de las importaciones de leche en polvo de la República Dominicana (2), aprobado por la Decisión 98/486/CE del Consejo (3), una cierta cantidad de productos lácteos comunitarios exportados a la República Dominicana pueden beneficiarse de unos derechos de aduana reducidos. Por este motivo, deben reducirse en cierto porcentaje las restituciones por exportación concedidas a los productos exportados al amparo de este régimen.

(5) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la leche y de los productos lácteos.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Las restituciones por exportación previstas en el artículo 31 del Reglamento (CE) no 1255/1999 se concederán a los productos y por los importes que figuran en el anexo del presente Reglamento, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en el artículo 1, apartado 4, del Reglamento (CE) no 174/1999 de la Comisión (4).

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el 31 de marzo de 2006.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 30 de marzo de 2006.

Por la Comisión Mariann FISCHER BOEL Miembro de la Comisión ES31.3.2006 Diario Oficial de la Unión Europea L 93/45 (1) DO L 160 de 26.6.1999, p. 48. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 1913/2005 (DO L 307 de 25.11.2005, p. 2).

(2) DO L 218 de 6.8.1998, p. 46.

(3) DO L 218 de 6.8.1998, p. 45.

(4) DO L 20 de 27.1.1999, p. 8.

ANEXO Restituciones por exportación en el sector de la leche y de los productos lácteos aplicables a partir del 31 de marzo de 2006

Code produit Destination Unité de mesure Montant des restitutions 0401 30 31 9100 L02 EUR/100 kg 13,20

L20 EUR/100 kg 18,86

0401 30 31 9400 L02 EUR/100 kg 20,62

L20 EUR/100 kg 29,47

0401 30 31 9700 L02 EUR/100 kg 22,75

L20 EUR/100 kg 32,49

0401 30 39 9100 L02 EUR/100 kg 13,20

L20 EUR/100 kg 18,86

0401 30 39 9400 L02 EUR/100 kg 20,62

L20 EUR/100 kg 29,47

0401 30 39 9700 L02 EUR/100 kg 22,75

L20 EUR/100 kg 32,49

0401 30 91 9100 L02 EUR/100 kg 25,92

L20 EUR/100 kg 37,04

0401 30 99 9100 L02 EUR/100 kg 25,92

L20 EUR/100 kg 37,04

0401 30 99 9500 L02 EUR/100 kg 38,10

L20 EUR/100 kg 54,43

0402 10 11 9000 L02 EUR/100 kg 4,14

L21 (1) EUR/100 kg 5,00

0402 10 19 9000 L02 EUR/100 kg 4,14

L21 (1) EUR/100 kg 5,00

0402 10 91 9000 L02 EUR/100 kg 4,14

L21 EUR/100 kg 5,00

0402 10 99 9000 L02 EUR/100 kg 4,14

L21 EUR/100 kg 5,00

0402 21 11 9200 L02 EUR/100 kg 4,14

L21 EUR/100 kg 5,00

0402 21 11 9300 L02 EUR/100 kg 35,03

L21 EUR/100 kg 44,94

0402 21 11 9500 L02 EUR/100 kg 36,55

L21 EUR/100 kg 46,92

0402 21 11 9900 L02 EUR/100 kg 38,94

L21 (1) EUR/100 kg 50,00

0402 21 17 9000 L02 EUR/100 kg 4,14

L21 EUR/100 kg 5,00

0402 21 19 9300 L02 EUR/100 kg 35,03

L21 EUR/100 kg 44,94

0402 21 19 9500 L02 EUR/100 kg 36,55

L21 EUR/100 kg 46,92

0402 21 19 9900 L02 EUR/100 kg 38,94

L21 (1) EUR/100 kg 50,00

0402 21 91 9100 L02 EUR/100 kg 39,19

L21 EUR/100 kg 50,30

0402 21 91 9200 L02 EUR/100 kg 39,42

L21 (1) EUR/100 kg 50,61

Code produit Destination Unité de mesure Montant des restitutions 0402 21 91 9350 L02 EUR/100 kg 39,84

L21 EUR/100 kg 51,12

0402 21 91...

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