Reglamento (CE) nº 76/2008 de la Comisión, de 28 de enero de 2008, por el que se establecen valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

REGLAMENTO (CE) No 76/2008 DE LA COMISIÓN de 28 de enero de 2008 por el que se establecen valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1580/2007 de la Comisión, de 21 de diciembre de 2007, por el que se establecen disposiciones de aplicación de los Reglamentos (CE) no 2200/96, (CE) no 2201/96 y (CE) no 1182/2007 del Consejo en el sector de las frutas y hortalizas (1), y, en particular, el apartado 1 de su artículo 138,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) no 1580/2007 establece, en aplicación de los resultados de las negociaciones comerciales multilaterales de la Ronda Uruguay, los criterios para que la Comisión fije los valores a tanto alzado de importación de terceros países correspondientes a los productos y períodos que se precisan en su anexo.

(2) En aplicación de los criterios antes indicados, los valores globales de importación deben fijarse en los niveles que figuran en el anexo del presente Reglamento.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Los valores globales de importación a que se refiere el artículo 138 del Reglamento (CE) no 1580/2007 quedan fijados según se indica en el cuadro del anexo.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el 29 de enero de 2008.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 28 de enero de 2008.

Por la Comisión Jean-Luc DEMARTY Director General de Agricultura y Desarrollo Rural ESL 24/4 Diario Oficial de la Unión Europea 29.1.2008 (1) DO L 350 de 31.12.2007, p. 1.

ANEXO del Reglamento de la Comisión, de 28 de enero de 2008, por el que se establecen los valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas (EUR/100 kg) Código NC Código país tercero (1) Valor global de importación 0702 00 00 IL 154,9

MA 47,4

TN 132,6

TR 87,1

ZZ 105,5

0707 00 05 EG 190,8

JO 178,8

TR 119,1

ZZ 162,9

0709 90 70 MA 78,2

TR 150,9

ZZ 114,6

0709 90 80 EG 121,8

ZZ 121,8

0805 10 20 EG 46,2

IL 49,2

MA 71,2

TN 59,9

TR 77,4

ZZ 60,8

0805 20 10 MA 104,0

TR 104,0

ZZ 104,0

0805 20 30, 0805 20 50, 0805 20 70, 0805 20 90

CN 84,1

IL 71,4

MA 152,6

PK 48,1

TR 86,0

US 60,1

ZZ 83,7

0805 50 10 EG 74,2

IL 120,2

TR 123,9

ZZ 106,1

0808 10 80 CA 84,1

CL...

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