2001/C 103 E/196E-2520/00 de Glyn Ford a la Comisión Asunto: Transparencia de las ayudas estatales

Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

Respuesta de la Sra. Wallström en nombre de la Comisión (14 de septiembre de 2000) Estos planes no entran dentro del campo de aplicación de las directivas comunitarias sobre la evaluación de impacto ambiental (EIA) (la Directiva 85/337/CEE (1 ) del Consejo, de 27 de junio de 1985, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente, y la Directiva 97/11/CE (2 ), que modifica la Directiva 85/337/CEE). No obstante, como indica el Tribunal de Justicia, en el marco de un procedimiento de EIA deberían tenerse suficientemente en cuenta los posibles efectos acumulativos de los diferentes proyectos.

De conformidad con la Directiva 90/313/CEE (3 ) del Consejo, de 7 de junio de 1990, sobre libertad de acceso a la información en materia de medio ambiente, las autoridades públicas están obligadas a poner la información relativa al medio ambiente a disposición de cualquier persona física o jurídica que lo solicite y sin que dicha persona esté obligada a probar un interés determinado (apartado 1 del artículo 3). Las autoridades públicas deben responder a los interesados lo antes posible y dentro de un plazo de dos meses.

Se deben indicar las razones de la denegación de la solicitud de información (apartado 4 del artículo 3). La persona que considere que su solicitud de información ha sido denegada o ignorada sin motivo justificado, o que haya recibido una respuesta inadecuada por parte de una autoridad pública, podrá presentar un recurso judicial o administrativo contra la decisión de conformidad con el ordenamiento jurídico nacional en la materia (artículo 4). Esta Directiva fue incorporada a la normativa italiana mediante el 'decreto legislativo 24 febbraio 1997 n. 39 sulla libertà di accesso alle informazioni in materia di ambiente'.

Por lo que respecta a la posibilidad de participación de los ciudadanos en el proceso de decisión, la Comisión celebra que los ciudadanos participen en las decisiones que les conciernen.

(1) DO L 175 de 5.7.1985.

(2) DO L 73 de 14.3.1997.

(3) DO L 158 de 23.6.1990.

(2001/C 103 E/196) PREGUNTA ESCRITA E-2520/00 de Glyn Ford (PSE) a la Comisión (2 de agosto de 2000) Asunto: Transparencia de las ayudas estatales El Comisario Monti, en su respuesta a mi pregunta E-1338/00 (1 ) ('Traslado de puestos de trabajo del Reino Unido a Alemania por créditos fiscales'), afirmaba que es importante no sobrevalorar la importancia de las ayudas en la toma de decisiones de las...

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