Auto del Tribunal de Justicia de 8 de octubre de 1998 en el asunto C-228/97 P: Hedwig Kuchlenz-Winter contra Comisión de las Comunidades Europeas (Funcionarios - Cobertura por el régimen común del seguro de enfermedad - Cónyuge divorciado de un antiguo funcionario - Recurso de casación manifiestamente inadmisible e infundado)

SectionAuto
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

SENTENCIA DEL TRIBUNAL (Sala Sexta) de 22 de octubre de 1998 en el asunto C-26/98: Comisión de las Comunidades Europeas contra Irlanda (1 ) (Incumplimiento de Estado Ð Directiva 94/26/CE Ð No adaptación del Derecho interno en el plazo senÄalado) (98/C 378/11) (Lengua de procedimiento: ingle's) (Traducción provisional; la traducción definitiva se publicara' en la 'Recopilación de la Jurisprudencia del Tribunal de Justicia') En el asunto C-26/98, Comisión de las Comunidades Europeas (Agentes: Sres. Hans Christian Stùvlbñk y Michael Shotter) contra Irlanda (Agente: Sr. Michael A.

Buckley), que tiene por objeto que se declare que Irlanda ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva 94/26/CE de la Comisión, de 15 de junio de 1994, por la que se adapta al progreso te'cnico la Directiva 79/196/CEE del Consejo relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre material ele'ctrico utilizable en atmósfera explosiva provisto de determinados sistemas de protección (DO L 157 de 24.6.1994, p. 33), al no adoptar, o no comunicar, en el plazo senÄalado, las disposiciones legales, reglamentarias o administrativas necesarias para cumplir con lo dispuesto en dicha Directiva, el Tribunal de Justicia (Sala Sexta), integrado por los Sres.: P. J. G. Kapteyn, Presidente de Sala; G. Hirsch, G. F. Mancini; H. Ragnemalm (Ponente) y R. Schintgen, Jueces; Abogado General: Sr. S. Alber;

Secretario: Sr. R. Grass; ha dictado el 22 de octubre de 1998 una sentencia cuyo fallo es el siguiente:

1) Se declara que al no adoptar, en el plazo senÄalado, las disposiciones legales, reglamentarias o administrativas necesarias para cumplir con lo dispuesto en la Directiva 94/26/CE de la Comisión, de 15 de junio de 1994, por la que se adapta al progreso te'cnico la Directiva 79/196/CEE del Consejo relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre material ele'ctrico utilizable en atmósfera explosiva provisto de determinados sistemas de protección, Irlanda ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de dicha Directiva.

2) Se condena en costas a Irlanda.

(1 ) DO C 72 de 7.3.1998.

AUTO DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA de 8 de octubre de 1998 en el asunto C-228/97 P: Hedwig Kuchlenz-Winter contra Comisión de las Comunidades Europeas (1 ) (Funcionarios Ð Cobertura por el re'gimen comu'n del seguro de enfermedad Ð Cónyuge divorciado de un antiguo funcionario Ð Recurso de casación manifiestamente...

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