Solicitud de dictamen consultivo formulada al Tribunal de la AELC por el Héradsdómur Reykjavíkur (Tribunal de la ciudad de Reikiavik) mediante resolución de 12 de noviembre de 1997 dictada en el asunto Erla María Sveinbjörnsdóttir contra el Gobierno de Islandia (Asunto E-9/97)

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TRIBUNAL DE LA AELC Solicitud de dictamen consultivo formulada al Tribunal de la AELC por el H radsd mur Reykjav kur (Tribunal de la ciudad de Reikiavik) mediante resoluci n de 12 de noviembre de 1997 dictada en el asunto Erla Mar a Sveinbjˆrnsd ttir contra el Gobierno de Islandia (Asunto E-9/97) (98/C 84/05) Al Tribunal de la AELC le ha sido sometida una solicitud de dictamen consultivo formulada por el Heradsd mur Reykjav kur (Tribunal de la ciudad de Reikiavik), Islandia, mediante resoluci n de 12 de noviembre de 1997, recibida en la Secretar a del Tribunal el 18 de noviembre de 1997, dictada en el asunto Erla Mar a Sveinbjˆrnsd ttir contra el Gobierno de Islandia, sobre las siguientes cuestiones:

  1. øDebe interpretarse el acto a que hace referencia el punto 24 del anexo XVIII del Acuerdo EEE (Directiva 80/987/CEE del Consejo, modificada por la Directiva 87/164/CEE, y, en particular, el apartado 2 del art culo 1 y el art culo 10 de la Directiva, en el sentido de que la legislaci n nacional puede denegar a un trabajador asalariado el pago por parte del Fondo de Garant a...

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