Programa Hércules II — Componente de formación — Convocatoria de propuestas

SectionConvocatoria de propuestas

ES Diario Oficial de la Unión Europea 24.7.2012

V

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PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

COMISIÓN EUROPEA PROGRAMA HÉRCULES II - COMPONENTE DE FORMACIÓN

Convocatoria de propuestas

(2012/C 218/09)

  1. Objetivos y descripción

    El presente anuncio de convocatoria de propuestas se basa en la Decisión n o 878/2007/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2007 ( 1

    ), por la que se establece un programa de acción comunitario para la promoción de acciones en el ámbito de la protección de los intereses financieros de la Comunidad (programa Hércules II).

    La presente convocatoria se refiere a las actividades contempladas en el artículo 1 bis, letra b) de la Decisión Hércules II, que consiste en la organización de formación, seminarios y conferencias de apoyo a la lucha contra el fraude, la corrupción y otras actividades ilegales, así como el desarrollo y la aplicación de políticas de prevención y detección del fraude.

  2. Candidatos admisibles

    Podrán presentar propuestas de financiación los candidatos siguientes:

    - toda administración nacional o regional de un Estado miembro o de un país de fuera de la Unión que promueva el refuerzo de la acción de la Unión destinada a proteger sus intereses financieros,

    - todos los centros de investigación y enseñanza que tengan personalidad jurídica desde hace al menos un año, tengan su sede y operen en un Estado miembro o en un país fuera de la Unión y promuevan el refuerzo de la acción de la Unión destinada a proteger sus intereses financieros,

    - todo organismo sin ánimo de lucro que tenga personalidad jurídica desde hace al menos un año, esté legalmente establecido en un Estado miembro o en un país fuera de la Unión y que promueva el refuerzo de la acción de la Unión para proteger sus intereses financieros.

    Se consideran «países de fuera de la Unión Europea» a los siguientes: países adherentes y países candidatos asociados a la Unión Europea de acuerdo con las condiciones previstas en los acuerdos de asociación o sus protocolos adicionales relativos a la participación en los programas de la Unión Europea ya celebrados o que vayan a celebrarse con dichos países.

  3. Acciones admisibles

    Las acciones que podrán recibir ayuda financiera en el marco de la presente convocatoria deberán referirse a la organización de actividades de formación con el objetivo de asegurar la expansión de la base de conocimientos, el intercambio de información y la identificación y difusión de buenas prácticas:

    Lista no...

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