2001/C 103 E/227P-2613/00 de Hiltrud Breyer a la Comisión Asunto: Transporte de animales de granja vivos

Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

Respuesta del Sr. Vitorino en nombre de la Comisión (25 de septiembre de 2000) Corresponde a los órganos jurisdiccionales nacionales velar por el bienestar de los menores y protegerlos contra el peligro de desapariciones o secuestros que, a veces, son incluso obra de uno de los padres. Por esta razón, la entrega de un pasaporte a un menor está normalmente supeditada al consentimiento de los dos progenitores.

La Comisión considera esta práctica como conforme al Derecho comunitario. Por otra parte, de no mediar acuerdo entre los dos progenitores, corresponde a los tribunales nacionales valorar la situación y pronunciarse sobre la conveniencia de entregar o no el pasaporte, en el caso de que uno de los progenitores estuviera abusando de sus derechos.

(2001/C 103 E/227) PREGUNTA ESCRITA P-2613/00 de Hiltrud Breyer (Verts/ALE) a la Comisión (25 de julio de 2000) Asunto: Transporte de animales de granja vivos Respuestas recientes de la Comisión a preguntas sobre el transporte de animales vivos indican que la Oficina Alimentaria y Veterinaria (FVO) está al tanto de los problemas relacionados con el bienestar de los animales que persisten como resultado del hecho de que muchos Estados miembros no se tomen en serio sus responsabilidades relacionadas con el cumplimiento de las normas aplicables. La situación podría mejorar si se aumentara el número de inspecciones por parte de la Oficina Alimentaria y Veterinaria para verificar, sobre todo, el bienestar de los animales durante el transporte y el cumplimiento de las Directivas 91/628/CEE (1 ) y 95/29/CE (2 ).

En vista de que el número tanto de inspecciones como de inspectores que se han ocupado de este ámbito en los últimos años se ha demostrado completamente insuficiente, ¿podría la Comisión contestar a las siguientes preguntas?:

  1. ¿Qué iniciativas se propone adoptar la Comisión por lo que se refiere al incumplimiento por parte de los Estados miembros de las Directivas 91/628/CEE y 95/29/CE? 2. ¿Qué medidas ha tomado la Comisión para aumentar la cantidad de inspecciones sobre el transporte de animales? 3. ¿Cuántas inspecciones se han llevado a cabo en los seis primeros meses de este año? ¿Puede especificar dónde, cuándo y por quién, así como la cantidad exacta de inspecciones? (1) DO L 340 de 11.12.1991, p. 17.

    (2) DO L 148 de 30.6.1995, p. 52.

    Respuesta del Sr. Byrne en nombre de la Comisión (28 de septiembre de 2000) 1. El año pasado un grupo de trabajo del Comité veterinario permanente, compuesto...

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