Publicación de una solicitud de registro con arreglo al apartado 2 del artículo 6 del Reglamento (CEE) nº 2081/92 del Consejo, relativo a la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen
Section | Reglamento |
Issuing Organization | Consejo de la Unión Europea |
Publicación de una solicitud de registro con arreglo al apartado 2 del artículo 6 del Reglamento (CEE) no 2081/92 del Consejo, relativo a la protección de las indicaciones geogrÆficas y de las denominaciones de origen (2001/C 86/03) Esta publicación otorga un derecho de oposición con arreglo al artículo 7 del citado Reglamento. Cualquier oposición a esta solicitud debe enviarse por mediación de la autoridad competente de un Estado miembro en un plazo de seis meses a partir de la presente publicación. La publicación estÆ motivada por los elementos que se enumeran a continuación, principalmente el punto 4.6, segoen los cuales se considera que la solicitud estÆ justificada en virtud del Reglamento (CEE) no 2081/92.
REGLAMENTO (CEE) No 2081/92 DEL CONSEJO SOLICITUD DE REGISTRO: ARTCULO 5
DOP (x) IGP ( ) Noemero nacional de expediente: 56
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Servicio competente del Estado miembro Nombre: Subdirección General de Denominaciones de Calidad Dirección General de Alimentación Secretaría General de Agricultura y Alimentación Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, Espaæa Dirección: Paseo Infanta Isabel, 1, E-28071 Madrid TelØfono: (34) 913 47 53 94
Fax: (34) 913 47 54 10.
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Agrupación solicitante 2.1. Nombre: Asociación de Productores y Comercializadores de Manzanas Reinetas de El Bierzo 2.2. Dirección: Carretera N-VI, Km 396, E-24549 Carracedelo (León).
TelØfono: (34) 987 56 27 13
Fax: (34) 987 56 27 13.
2.3. Composición: Productores/transformadores (x) otros( ).
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Tipo de producto: Manzana Clase 1.6 Frutas.
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Descripción del pliego de condiciones (resumen de las condiciones del apartado 2 del artículo 4) 4.1. Nombre del producto: Manzana Reineta de El Bierzo.
4.2. Descripción del producto: Manzanas (frutos de la especie Malus domestica Borkh) de las variedades 'Reineta Blanca o Reineta del CanadÆ' y 'Reineta gris', destinadas al consumo humano en fresco.
Las manzanas protegidas por la denominación de origen son las clasificadas en las categorías 'Extra' y 'I' establecidas en el Reglamento (CEE) no 920/89 o legislación que lo sustituya.
Las manzanas protegidas por la denominación de origen deben reunir en el momento de su expedición al mercado las siguientes características físico-químicas:
dureza de la pulpa medida con pistón de 11 milímetros superior a 7 kilogramos, indice refractomØtrico superior a 14 grados brix, acidez mayor de 7 gramos de Æcido mÆlico/litro.
ESC 86/4 Diario Oficial de las Comunidades Europeas 16.3.2001
Las manzanas...
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