Informe sobre las cuentas anuales de la Agencia de Abastecimiento de Euratom correspondientes al ejercicio 2009, acompañado de las respuestas de la Agencia

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ES Diario Oficial de la Unión Europea 14.12.2010

INFORME

sobre las cuentas anuales de la Agencia de Abastecimiento de Euratom correspondientes al ejercicio 2009, acompañado de las respuestas de la Agencia

(2010/C 338/02)

ÍNDICE

Apartados Página

INTRODUCCIÓN . . . 1-2 7

DECLARACIÓN DE FIABILIDAD . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3-12 7

Respuestas de la Agencia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9

ES Diario Oficial de la Unión Europea C 338/7

Agencia de Abastecimiento de Euratom (en lo sucesivo denominada «la Agencia»), con sede en Luxemburgo, se creó en

). La Decisión 2008/114/CE, Euratom del Consejo, de 12 de febrero de 2008 ( 2

), sustituyó los anteriores Estatutos de la Agencia. Su misión consiste en aportar a la Unión conocimientos sobre todas aquellas materias relacionadas con el funcionamiento del mercado de los materiales y servicios nucleares y desempeñar una función de control del mismo.

En 2009, al igual que en 2008, la Agencia no percibió ninguna subvención para cubrir sus operaciones. La Comisión sufragó los costes en que incurrió la Agencia para llevar a cabo las actividades de 2009.

DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

De conformidad con el artículo 287, apartado 1, párrafo segundo, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, en conjunción con el artículo 8 de la Decisión 2007/114/CE, Euratom de 12 de febrero de 2008, el Tribunal ha fiscalizado las cuentas anuales ( 3 ) de la Agencia, que comprenden los «estados financieros» ( 4

) y los «estados sobre la ejecución presupuestaria» ( 5

) correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2009, así como la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a dichas

La presente declaración de fiabilidad está dirigida al Parlamento Europeo y al Consejo, al amparo de lo dispuesto en el artículo 8 de la Decisión 2008/114/CE, Euratom del Consejo, de 12 de febrero de 2008.

Funciones del director general

El director general ( 6

) tiene atribuida, en su calidad de ordenador, la ejecución de los ingresos y gastos del presupuesto, ateniéndose a la normativa financiera de la Agencia, bajo su propia responsabilidad y ajustándose a los créditos asignados, y es responsable asimismo de la implantación de la estructura organizativa y de los sistemas y procedimientos de gestión y control internos necesarios para...

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