Informe sobre las cuentas anuales de la Agencia Ejecutiva de Sanidad y Consumo correspondientes al ejercicio 2009, acompañado de las respuestas de la Agencia

SectionInformation

ES Diario Oficial de la Unión Europea 14.12.2010

INFORME

sobre las cuentas anuales de la Agencia Ejecutiva de Sanidad y Consumo correspondientes al ejercicio 2009, acompañado de las respuestas de la Agencia

(2010/C 338/17)

ÍNDICE

Apartados Página

INTRODUCCIÓN . . . 1-2 97

DECLARACIÓN DE FIABILIDAD . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3-12 97

COMENTARIOS SOBRE LA GESTIÓN PRESUPUESTARIA Y FINANCIERA . . . . . . . . . . . . . . . 13-14 98

Cuadro . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 99

Respuestas de la Agencia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 102

ES Diario Oficial de la Unión Europea C 338/97

Agencia Ejecutiva de Sanidad y Consumo (en lo sucesivo denominada «la Agencia»), con sede en Luxemburgo, se en virtud de la Decisión 2004/858/CE de la

1 ), que fue modificada por la Decisión 2

). La Agencia se estableció por un período que se inició el 1 de enero de 2005 y que finalizará en 2013, con el objetivo de gestionar las acciones de la Unión en el ámbito de la sanidad y la protección de los consumidores ( 3

).

Funciones del Tribunal

  1. El Tribunal debe emitir, basándose en la fiscalización realizada, una opinión sobre la fiabilidad de las cuentas anuales de la Agencia y sobre la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a dichas cuentas.

  2. El Tribunal realizó la fiscalización de acuerdo con las normas internacionales de auditoría y los códigos deontológicos de la IFAC y las ISSAI ( 11 ). Estas normas exigen que el Tribunal cumpla con las exigencias deontológicas y que planifique y lleve a cabo la auditoría para obtener garantías razonables de que las cuentas estén libres de incorrecciones materiales y las operaciones subyacentes sean legales y regulares.

  3. La fiscalización del Tribunal implica la aplicación de procedimientos destinados a obtener pruebas de auditoría sobre los importes y los datos presentados en las cuentas y sobre la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes. La selección de estos procedimientos depende de su criterio profesional, basado en la valoración de los riesgos de que se produzcan incorrecciones materiales u operaciones ilegales o irregulares, ya sea por fraude o por error. Al efectuar esta valoración de los riesgos, se tiene en cuenta el control interno aplicado por la entidad en la preparación y presentación de las cuentas con el fin de concebir procedimientos de auditoría adecuados a las circunstancias. Al realizar su fiscalización, el Tribunal evaluará asimismo la idoneidad de las políticas contables utilizadas y el carácter razonable de las estimaciones contables de la dirección, y la presentación general de las cuentas.

    El presupuesto de funcionamiento de 2009 de la Agencia se elevó a 6,4 millones de euros, frente a los 4,4 millones de euros de 2008. El número de personas empleadas por la Agencia al término del ejercicio ascendía a 48, frente a las 42 del

    DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

    De conformidad con el artículo 287, apartado 1, párrafo segundo, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, el Tribunal ha fiscalizado las cuentas anuales ( 4

    ) de la Agencia, que comprenden los «estados financieros» ( 5 ) y los «estados sobre la ejecución presupuestaria» ( 6

    ) correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2009, así como la legalidad y regularidad de las operaciones...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT