Informe final del Consejero Auditor — Exclusión del mercado por ARA (AT.39759)

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23.11.2016 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 432/4

1. El presente informe se refiere a un proyecto de Decisión sobre multas en materia de competencia que debe adoptarse de conformidad con los artículos 7 y 23, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 1/2003 del Consejo (2) (en lo sucesivo, «proyecto de Decisión»).

2. Según el proyecto de Decisión, Altstoff Recycling Austria Aktiengesellschaft (en lo sucesivo, «ARA») habría infringido el artículo 102 del TFUE y el artículo 54 del Acuerdo EEE al excluir del mercado la exención de los residuos de envases domésticos en Austria. Se señala que la infracción consiste en denegar el acceso a una infraestructura indispensable que abarca el territorio de Austria.

3. El asunto AT.39759 se abrió a raíz de las observaciones recibidas por la Comisión a finales de 2009 y principios de 2010. En noviembre de 2010, la Comisión, con el apoyo de la autoridad federal de competencia de Austria, llevó a cabo inspecciones en los locales de ARA y otras empresas.

4. El 15 de julio de 2011, la Comisión incoó un procedimiento con arreglo al artículo 2, apartado 1, del Reglamento (CE) n.o 773/2004 de la Comisión (3) en relación con el supuesto abuso de posición dominante de ARA en los mercados para la exención de los residuos de envases domésticos y de los comerciales en Austria. Durante la investigación, la Comisión envió varias solicitudes de información a ARA y a otros.

5. La Dirección General de Competencia (en lo sucesivo, la «DG Competencia») organizó reuniones con ARA para analizar la situación los días 19 de octubre de 2011 y 7 de mayo de 2013, celebrándose la última de estas reuniones por conferencia telefónica.

6. El 17 de julio de 2013 la Comisión adoptó un pliego de cargos en el asunto AT.39759 (en lo sucesivo, «PC»). El PC se notificó a ARA el 19 de julio de 2013. En el PC, la Comisión llegó a la conclusión preliminar de que ARA abusaba de su posición dominante en el mercado austriaco para la exención de los envases domésticos y en el de la exención de los envases comerciales. Según la evaluación preliminar del PC, varios tipos de conductas llevadas a cabo por ARA sirvieron para evitar la entrada de competidores en el mercado de exención para los residuos de envases domésticos y excluir a los competidores de una parte del mercado de la exención de los residuos de envases comerciales.

7. La DG Competencia facilitó a ARA la parte accesible del expediente de investigación de la Comisión el 26 de julio...

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