Propuesta de Decisión del Consejo relativa a la celebración del Acuerdo entre la Comunidad Europea y el Consejo de Europa con el fin de instaurar, con arreglo al apartado 3 del artículo 7 del Reglamento (CE) nº 1035/97 del Consejo, de 2 de junio de 1997, por el que se crea un Observatorio europeo del racismo y la xenofobia, una estrecha...

SectionReglamento
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

II (Actos jur dicos preparatorios) COMISI N Propuesta de Decisi n del Consejo relativa a la celebraci n del Acuerdo entre la Comunidad Europea y el Consejo de Europa con el fin de instaurar, con arreglo al apartado 3 del art culo 7 del Reglamento (CE) no 1035/97 del Consejo, de 2 de junio de 1997, por el que se crea un Observatorio europeo del racismo y la xenofobia, una estrecha cooperaci n entre el Observatorio y el Consejo de Europa (98/C 171/05) COM(1998) 255 final -- 98/0143(CNS) (Presentada por la Comisi n el 5 de mayo de 1998) EL CONSEJO DE LA UNI N EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1035/97 del Consejo por el que se crea un Observatorio del racismo y la xenofobia, y, en particular, el apartado 3 art culo 7, en relaci n con la primera frase del apartado 2 y el primer p rrafo del apartado 3 art culo 228,

Vista la propuesta de la Comisi n,

Visto el dictamen del Parlamento europeo,

Considerando que conviene aprobar el Acuerdo entre la Comunidad Europea y el Consejo de Europa con el fin de instaurar una estrecha cooperaci n entre el Observatorio y el Consejo de Europa, con arreglo al apartado 3 del art culo 7 del Reglamento (CE) no 1035/97, por el que se crea un Observatorio Europeo del Racismo y la Xenofobia,

DECIDE:

Art culo 1

Queda aprobado, en nombre de la Comunidad Europea, el Acuerdo entre la Comunidad Europea y el Consejo de Europa previsto por el apartado 3 del art culo 7 del Reglamento (CE) no 1035/97 del Consejo, por el que se crea un Observatorio europeo del racismo y la xenofobia.

El texto del Acuerdo se adjunta a la presente Decisi n.

Art culo 2

Se autoriza al Presidente del Consejo para que designe a la persona facultada para firmar el Acuerdo a fin de obligar a la Comunidad.

C 171/10 5.6.98Diario Oficial de las Comunidades EuropeasES

PROYECTO DE ACUERDO ENTRE LA COMUNIDAD EUROPEA Y EL CONSEJO DE EUROPA CON EL FIN DE INSTAURAR, CON ARREGLO AL APARTADO 3 DEL ART CULO 7 DEL REGLAMENTO (CE) NO 1035/97 DEL CONSEJO, DE 2 DE JUNIO DE 1997, POR EL QUE SE CREA UN OBSERVATORIO EUROPEO DEL RACISMO Y LA XENOFOBIA, UNA ESTRECHA COOPERACI N ENTRE EL OBSERVATORIO Y EL CONSEJO DE EUROPA LA COMUNIDAD EUROPEA Y EL CONSEJO DE EUROPA,

Considerando que, el 2 de junio de 1997, el Consejo de la Uni n Europea adopt el Reglamento (CE) no 1035/97, por el que se crea un Observatorio europeo del racismo y la xenofobia (en lo sucesivo denominado 'el...

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