2003/C 71 E/07Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre servicios de inversión y mercados regulados, y por la que se modifican las Directivas 85/611/CEE y 93/6/CEE del Consejo y la Directiva 2000/12/CE del Parlamento Europeo y del Consejo [COM(2002) 625 final 2002/0269(COD)]

SectionDirective
Issuing OrganizationParlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea

Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre servicios de inversión y mercados regulados, y por la que se modifican las Directivas 85/611/CEE y 93/6/CEE del Consejo y la Directiva 2000/12/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (2003/C 71 E/07) COM(2002) 625 final -- 2002/0269(COD) (Presentada por la Comisión el 19 de noviembre de 2002) EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Propuesta de Directiva sobre servicios de inversión y mercados regulados SECCIÓN I -- ANTECEDENTES DE LA PROPUESTA 1. ¿Qué es la Directiva sobre servicios de inversión? La Directiva sobre servicios de inversión, adoptada en 1993, trataba de establecer las condiciones en que las empresas de inversión y los bancos autorizados podían prestar determinados servicios en otros Estados miembros sobre la base de la autorización y supervisión del país de origen. Los servicios que pueden acogerse a un pasaporte de acuerdo con la DSI actual incluyen la intermediación, el corretaje, la gestión de cartera, la recepción y la transmisión de órdenes del inversor, y las actividades de subscripción/colocación.

Además, la DSI incorporaba el derecho de acceso a distancia o directo de cualquier empresa autorizada por la DSI a participar en la negociación en bolsas o mercados regulados de otros Estados miembros. Para apoyar el ejercicio efectivo de este derecho, la DSI introducía elementos que definían algunas características de las bolsas mutuamente reconocidas que imponían algunas condiciones al funcionamiento de esos mercados. La DSI es pues el instrumento jurídico que intenta traducir a la práctica las libertades del Tratado en materia de servicios de inversión y de negociación organizada de instrumentos financieros.

(véase el anexo 1 para una descripción detallada de la Directiva 93/22/CEE.) 2. Rápida evolución del entorno financiero en Europa La financiación basada en el mercado está desempeñando en Europa un papel cada vez más importante en la financiación de las empresas grandes y medianas y en la colocación del ahorro. Unos mercados financieros ordenados, transparentes y eficazmente regulados pueden ser un motor importante para la creación de riqueza. En Europa, las sociedades de préstamo se han dirigido recientemente a los mercados financieros como fuente alternativa de financiación con respecto a los préstamos bancarios: el número y valor de las nuevas emisiones se desbordaron a finales de los años 90 cuando las empresas empezaron a buscar acceso a una financiación barata y sin intermediarios para ambiciosos proyectos de inversión. Al aumento de la oferta respondió rápidamente la demanda, y los inversores se dedicaron a las inversiones basadas en el mercado para acrecentar la rentabilidad del ahorro ajustándose al riesgo y para la constitución de fondos de jubilación.

Los recientes reveses sufridos por los mercados de valores no han quitado fuerza a los argumentos que apoyan una financiación basada en el mercado. Sin embargo, subrayan la importancia de un marco legal y regulador sólido que mantenga la confianza y la liquidez del inversor y para que prosperen los mercados financieros. Éstos pueden sobrevivir periódicamente a alteraciones de la volatilidad, a correcciones cíclicas o al rendimiento insuficiente de determinados valores. Pero no sobrevivirán a la erosión de la confianza de los inversores si los mercados son desordenados, opacos y proclives al abuso de mercado, o si los intermediarios no pueden cumplir sus obligaciones fiduciarias con el inversor final. La presente propuesta se integra en un programa coherente de medidas legislativas para facilitar el establecimiento de unos mercados de capitales europeos integrados y eficaces, imponiendo al mismo tiempo unos controles y equilibrios proporcionados para evitar los excesos del mercado y para proteger a los inversores.

ESC 71 E/62 Diario Oficial de la Unión Europea 25.3.2003

La integración de los mercados de renta variable y de deuda del sector privado de la UE anuncia la perspectiva de una reducción significativa de los costes de negociación y del coste de la financiación de renta variable/renta fija. Los recientes estudios indican que serán muy importantes las consecuencias estáticas positivas que se conseguirán solamente con el establecimiento de unos mercados integrados, profundos y líquidos de renta variable y de deuda del sector privado -con lo que se obtendrá una reducción permanente del 0,5 % del coste del capital de participación, que impulsará el crecimiento de la inversión, del empleo (0,5 %) y del PIB (1,1 %). Las ventajas que ofrecen unos mercados de capital eficaces se optimizarán con la concentración de la liquidez y con la interacción a escala paneuropea de la oferta y la demanda de instrumentos financieros. Se maximizará así el alcance de los intereses de negociación, se reducirá la volatilidad propia de las acciones y se limitará el impacto adverso de los precios en las grandes operaciones. La concentración de la liquidez de los valores de primer orden y el fin de las estrategias de diversificación geográfica podrán liberar capital para mercados de nuevas emisiones y capital riesgo. La introducción del euro ha preparado ya el camino para la plena integración de los mercados monetarios no garantizados, y ha impulsado considerablemente la integración de los mercados de deuda soberana y financiera. Los participantes del mercado tratan ahora de ampliar las mismas estrategias de negociación y de gestión de cartera a la negociación de acciones y otros activos. Todos estos factores reflejan el fuerte crecimiento registrado recientemente en la...

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