Recomendación de la Comisión, de 20 de febrero de 2013, Invertir en la infancia: romper el ciclo de las desventajas

SectionRecomendación
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

2.3.2013 Diario Oficial de la Unión Europea L 59/5

ES

RECOMENDACIONES RECOMENDACIÓN DE LA COMISIÓN

de 20 de febrero de 2013

Invertir en la infancia: romper el ciclo de las desventajas

(2013/112/UE)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 292,

Considerando lo siguiente:

(1) El respeto de la dignidad humana es un valor fundamental de la Unión Europea, entre cuyos objetivos se encuentra fomentar el bienestar de sus ciudadanos; la Unión debe proteger los derechos de la infancia, luchar contra la exclusión social y la discriminación y promover la justicia y la protección sociales.

(2) Los niños

( 1 ) corren mayor riesgo de pobreza o exclusión social que la población en general en la gran mayoría de los países de la UE; los niños que crecen en la pobreza o la exclusión social tienen menos posibilidades que sus coetáneos más favorecidos de tener buen rendimiento escolar, disfrutar de buena salud y aprovechar todo su potencial en fases posteriores de su vida.

(3) Evitar que se transmitan las desventajas entre generaciones es una inversión crucial para el futuro de Europa, así como una contribución directa a la Estrategia Europa 2020 para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador, y presenta beneficios a largo plazo para la infancia, la economía y la sociedad en su conjunto.

(4) La intervención temprana y la prevención son esenciales para elaborar políticas más eficaces y eficientes, pues el gasto público dedicado a las consecuencias de la pobreza y la exclusión social de los niños suele ser superior al necesario para intervenir a una edad temprana.

(5) Corregir las desventajas en los primeros años de vida es una forma importante de redoblar esfuerzos para abordar la pobreza y la exclusión social en general. La prevención más eficaz se logra mediante estrategias integradas que combinen la ayuda a los padres para que accedan al mercado de trabajo con un apoyo a la renta adecuado y un acceso a servicios esenciales para el futuro de los niños, como los relacionados con la educación (preescolar) de calidad, la salud, la vivienda y los sociales, así

como oportunidades para participar y hacer valer sus derechos, lo cual ayuda a los niños a aprovechar todo su potencial y les hace menos vulnerables.

(6) Las estrategias que han tenido más éxito para abordar la pobreza infantil han demostrado ser las sustentadas en políticas destinadas a mejorar el bienestar de todos los niños, teniendo muy en cuenta al mismo tiempo a los niños que se encuentran en situaciones particularmente vulnerables.

(7) La promoción de la igualdad entre mujeres y hombres, la incorporación de la perspectiva de género y la igualdad de oportunidades, así como la lucha contra la discriminación que sufren los niños y sus familias por cualquier motivo (especialmente los relacionados con el sexo, el origen racial o étnico, la religión o las convicciones, la discapacidad, la edad o la orientación sexual) debe sustentar todos los esfuerzos para abordar la pobreza y la exclusión social de los niños.

(8) La actual crisis económica y financiera está teniendo graves repercusiones para los niños y las familias, y en varios países ha aumentado la proporción de personas que viven sumidas en la pobreza y la exclusión social.

(9) Los esfuerzos de consolidación presupuestaria debidos a las restricciones presupuestarias crecientes en varios países presentan retos importantes para garantizar que las políticas sociales sigan siendo adecuadas y eficaces tanto a corto como a largo plazo.

(10) Más de un decenio de cooperación a nivel de la UE ha dado lugar a un entendimiento común de los factores determinantes de la pobreza infantil a través de una labor importante para desarrollar indicadores de seguimiento adecuados, y definir retos comunes y enfoques políticos acertados, lo cual ha dado un impulso político a esta cuestión; posteriormente la Comisión anunció la adopción de una Recomendación sobre pobreza infantil en la Comunicación relativa a la Plataforma Europea contra la Pobreza y la Exclusión Social

( 2 ).

(11) La Estrategia Europa 2020 ha dado un nuevo impulso a los esfuerzos para abordar la pobreza y la exclusión social en la UE, al establecer un objetivo europeo común para reducir el número de personas en riesgo de pobreza

( 1 ) De conformidad con la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, en este contexto se entiende por niños las personas menores de dieciocho años de edad.

( 2 ) COM(2010) 758 final.

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y exclusión social en veinte millones, como mínimo, para 2020, y redoblando esfuerzos para reducir el abandono escolar prematuro. Las iniciativas para abordar y prevenir la pobreza infantil son una parte esencial de los esfuerzos de la UE y de los Estados miembros a este respecto y también forman parte de la Plataforma Europea contra la Pobreza y la Exclusión Social.

(12) La actual gobernanza en el marco del Semestre Europeo sirve para garantizar que se apliquen las recomendaciones específicas por país que sean pertinentes para luchar contra la pobreza infantil y mejorar el bienestar de los niños.

(13) Todos los Estados miembros de la UE han ratificado la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño. Las normas y los principios de la Convención deben seguir guiando las políticas y las acciones de la UE que tienen repercusiones en los derechos de los niños.

(14) A través del Informe consultivo

( 1

) del Comité de Protección Social de junio de 2012 y de sus mensajes clave, así como de las Conclusiones del Consejo de Empleo, Política Social, Sanidad y Consumidores (EPSCO) Preventing and tackling child poverty and social exclusion and promoting children's well-being (Prevenir y combatir la pobreza y la exclusión social de los niños, y promover el bienestar infantil)

( 2

), los Estados miembros reafirmaron su compromiso y acogieron con satisfacción la iniciativa de la Comisión de adoptar una Recomendación sobre esta cuestión.

(15) Diversas políticas de la UE han tratado cuestiones relativas a la pobreza infantil y a la transmisión de las desventajas de una generación a otra, en particular en los ámbitos de la educación y la formación, la salud, los derechos del niño y la igualdad entre mujeres y hombres

( 3 ).

(16) Si bien las políticas relativas a la pobreza infantil son principalmente competencia de los Estados miembros, un marco común europeo puede reforzar las sinergias entre los ámbitos de actuación pertinentes, ayudar a los Estados miembros a revisar sus políticas y a aprender de sus experiencias para mejorar la eficiencia y la eficacia de las políticas a través de enfoques innovadores, teniendo en cuenta las distintas situaciones y necesidades a nivel local, regional y nacional.

(17) En el contexto del próximo marco financiero plurianual, tales orientaciones también pueden proporcionar una base para una mayor cooperación y centrarse en la utilización de los instrumentos financieros pertinentes, en particular los Fondos Estructurales, para cumplir el objetivo propuesto de «promover la inclusión social y luchar contra la pobreza».

RECOMIENDA A LOS ESTADOS MIEMBROS: Organizar y aplicar políticas de lucha contra la pobreza y la exclusión social de los niños, promoviendo el bienestar infantil a través de estrategias multidimensionales, con arreglo a las directrices que siguen:

  1. GUIARSE POR LOS PRINCIPIOS HORIZONTALES EXPUESTOS A CONTINUACIÓN

    - Combatir la pobreza y la exclusión social de los niños mediante estrategias integradas que vayan más allá de garantizar la seguridad material de los niños y promover la igualdad de oportunidades para que todos los niños puedan aprovechar todo su potencial.

    - Abordar la pobreza y la exclusión social de los niños desde el punto de vista de los derechos de la infancia, en particular haciendo referencia a las disposiciones pertinentes del Tratado de la Unión Europea, la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, velando por el respeto y el ejercicio de estos derechos.

    - Tener siempre en cuenta en primer lugar el interés superior del niño y reconocer a los niños como titulares de derechos independientes, reconociendo al mismo tiempo la importancia de apoyar a las familias como principales encargadas de su cuidado.

    - Mantener un equilibrio adecuado entre las políticas universales destinadas a promover el bienestar de todos los niños, y los enfoques específicos encaminados a apoyar a los más desfavorecidos.

    - Garantizar la atención a los niños que se enfrentan a un mayor riesgo por múltiples desventajas, como los niños gitanos, algunos niños de origen inmigrante o de minorías étnicas, los niños con necesidades especiales o con discapacidad, los niños que precisan cuidados alternativos y los niños de la calle, los hijos de presidiarios, así como los niños de hogares particularmente expuestos a un riesgo de pobreza, como las familias monoparentales o las familias numerosas.

    - Mantener una inversión en los niños y las familias que permita la continuidad de las políticas y la planificación a largo plazo; evaluar cómo afectan las reformas políticas a los más desfavorecidos y adoptar medidas para reducir sus posibles efectos negativos.

    ( 1 ) Comité de Protección Social, SPC advisory report to the European Commission on tackling and preventing child poverty, promoting child well-being, (Informe consultivo para la Comisión Europea sobre la lucha y la prevención de la pobreza infantil y la promoción del bienestar de los niños), 27 de junio de 2012.

    ( 2 ) Preventing and tackling child poverty and social exclusion and promoting children's well-being, Conclusiones del Consejo EPSCO, 4 de octubre de 2012, 14437/12.

    ( 3 ) Véanse, en particular: «Un marco estratégico actualizado para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación», COM(2008) 865 final; «Solidaridad en materia...

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