Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 2 de octubre de 2003 en el asunto C-348/02: Comisión de las Comunidades Europeas contra República Italiana ('Incumplimiento de Estado No adaptación del Derecho interno a la Directiva 1999/13/CE')

SectionDirective
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

C 275/22 ES 15.11.2003Diario Oficial de la Unión Europea SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Primera) de 2 de octubre de 2003 en el asunto C-348/02: Comisión de las Comunidades Europeas contra República Italiana (1) ('Incumplimiento de Estado -- No adaptación del Derecho interno a la Directiva 1999/13/CE') (2003/C 275/38) (Lengua de procedimiento: italiano) (Traducción provisional; la traducción definitiva se publicará en la 'Recopilación de la Jurisprudencia del Tribunal de Justicia') En el asunto C-348/02, Comisión de las Comunidades Europeas (agentes: Sres. G. Valero Jordana y R. Amorosi) contra República Italiana (agente: Sr. U. Leanza, asistido por M. Fiorilli), que tiene por objeto que se declare que la República Italiana ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 15 de la Directiva 1999/13/CE del Consejo, de 11 de marzo de 1999, relativa a la limitación de las emisiones decompuestos orgánicosvolátiles debidas al uso de disolventes orgánicos en determinadas actividades e instalaciones (DO L 85, p. 1, y --rectificación-- DO L 188, p. 54), al no haber adoptado todas las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la citada Directiva, el Tribunal de Justicia (Sala Primera), integrado por el Sr. M. Wathelet, Presidente de Sala, y los Sres.

P. Jann y A. Rosas (Ponente), Jueces; Abogado General: Sr.

L.A. Geelhoed; Secretario: Sr. R. Grass; ha dictado el 2 de octubre de 2003 una sentencia cuyo fallo es el siguiente:

1) Declarar que la República Italiana ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 15 de la Directiva 1999/13/CE del Consejo, de 11 de marzo de 1999, relativa a la limitación de las emisiones de compuestos orgánicos volátiles debidas al uso de disolventes orgánicos en determinadas actividades e instalaciones, al no haber adoptado las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en la citada Directiva.

2) Condenar en costas a la República Italiana.

(1) DO C 289 de 23.11.2002.

SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Primera) de 2 de octubre de 2003 en el asunto C-89/03: Comisión de las Comunidades Europeas contra Gran Ducado de Luxemburgo (1) ('Incumplimiento de Estado -- No adaptación del Derecho interno a la Directiva 93/15/CEE') (2003/C...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT