Asunto C-89/05: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 13 de juio de 2006 (petición de decisión prejudicial planteada por la House of Lords Reino Unido) United Utilities plc/Commissioners of Customs & Excise (Sexta Directiva IVA Artículo 13, parte B, letra f) Exención de los juegos de azar Ámbito de aplicación Actividad...

SectionDirective
Issuing OrganizationTribunal de Justicia de las Comunidades Europeas

-- Declarar que la República Portuguesa no se ha atenido a lo dispuesto en el artículo 4 de la Directiva 92/100, en su versión modificada por la Directiva 2001/29/CEE, en relación con el artículo 2, apartados 5 y 7, de ésta, al haber originado en su legislación nacional una confusión por lo que atañe a la identidad del deudor de la remuneración debida a los artistas por la cesión de su derecho de alquiler.

2) Condenar en costas a la República Portuguesa.

(1 ) DO C 82, de 2.4.2005.

Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 13 de julio de 2006 (petición de decisión prejudicial planteada por el Amtsgericht Freiburg -- Alemania) -- Bernd Voigt (Asunto C-83/05) (1 ) (Realización del mercado interior -- Aproximación de las legislaciones -- Vehículos de motor -- Procedimiento de homologación comunitaria -- Directiva 70/156/CEE -Alcance -- Clasificación según las características técnicas de los tipos de vehículos -- Influencia en la clasificación de vehículos que efectúa una normativa nacional que regula las condiciones de circulación por carretera) (2006/C 224/19) Lengua de procedimiento: alemán Órgano jurisdiccional remitente Amtsgericht Freiburg Partes en el procedimiento principal Demandante: Bernd Voigt Objeto Petición de decisión prejudicial -- Amtsgericht Freiburg -Interpretación de la Directiva 70/156/CEE del Consejo, de 6 de febrero de 1970, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados Miembros sobre la homologación de vehículos a motor y de sus remolques (DO L 42, p. 1; EE 13/01, p. 174), modificada por la Directiva 92/53/CEE del Consejo, de 18 de junio de 2002 (DO L 225, p. 1) -- Matriculación por un Estado miembro de un vehículo de la categoría M 1 (vehículo de turismo) cubierto por una homologación comunitaria -Posibilidad de las autoridades nacionales de sancionar al conductor de dicho vehículo por determinadas infracciones tipificadas por el código de circulación aplicable a los vehículos de turismo -- Limitación de velocidad en autopista aplicable únicamente a los turismos Fallo La Directiva 70/156/CEE del Consejo, de 6 de febrero de 1970, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre la homologación de vehículos a motor y de sus remolques, en su versión modificada por la Directiva 92/53/CEE del Consejo, de 18 de junio de 1992, debe interpretarse en el sentido de que no se opone a una normativa nacional en virtud de la cual un vehículo como el controvertido en el asunto...

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