2001/C 103 E/023E-1707/00 de Karin Riis-Jørgensen a la Comisión Asunto: Adjudicación de contratos

Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

Respuesta del Sr. Bolkestein en nombre de la Comisión (20 de julio de 2000) La Comisión presentó una propuesta el 22 de mayo de 2000 con el fin de autorizar que Suecia siga aplicando restricciones cuantitativas desde el 1 de julio de 2000 hasta finales de 2003 a los productos sujetos a impuestos especiales introducidos en Suecia desde otros Estados miembros (1). Esta propuesta, que también preveía la liberalización gradual de las restricciones durante ese período, fue adoptada por el Consejo el 30 de junio de 2000 (2 ). La nueva disposición ya no contiene un mecanismo de revisión similar al mencionado por Su Señoría, que figura en la versión anterior de la Directiva. Por lo tanto, la discusión sobre el significado exacto de este mecanismo de revisión no tiene ningún sentido.

Por lo que respecta a dicho mecanismo, la Comisión ha considerado siempre que la excepción concedida a Suecia expiraba el 30 de junio de 2000, a menos que la Comisión proponga y el Consejo adopte por unanimidad una prórroga, ya que las restricciones implican la no aplicación del principio básico establecido en la Directiva 92/12/CEE del Consejo de 25 de febrero de 1992 relativa al régimen general, tenencia, circulación y controles de los productos objeto de impuestos especiales (3), según el cual las mercancías adquiridas y transportadas por personas concretas están sujetas a impuestos especiales en el Estado miembro donde se han comprado. Esta consideración se ajusta al principio bien establecido del derecho comunitario según el cual toda excepción prevista en una directiva debe interpretarse de manera restrictiva.

Se invita a Su Señoría a que presente la última parte de la pregunta directamente al Consejo.

(1 ) COM(2000) 295 final de 22.5.2000.

(2) Directiva 2000/44/CE del Consejo de 30 de junio de 2000 por la que se modifica la Directiva 92/12/CEE del Consejo, de 25 de febrero de 1992, por lo que se refiere a las restricciones cuantitativas temporales aplicables a los productos sujetos a impuestos especiales introducidos en Suecia desde otros Estados miembros.

(3 ) DO L 76 de 23.3.1992.

(2001/C 103 E/023) PREGUNTA ESCRITA E-1707/00 de Karin Riis-Jørgensen (ELDR) a la Comisión (29 de mayo de 2000) Asunto: Adjudicación de contratos En cuatro años, los municipios y corporaciones de distrito daneses han multiplicado por siete el número de trabajos que enriquecen a los poderes públicos en el marco de los servicios recíprocos. Este enorme aumento ha ocurrido a pesar de que...

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