Auto del Tribunal de Primera Instancia, de 15 de febrero de 2005, en el asunto T-229/02, Kurdistan Workers' Party (PKK) y Kurdistan National Congress (KNK) contra Consejo de la Unión Europea («Recurso de anulación Medidas restrictivas específicas dirigidas a determinadas personas y entidades con el fin de luchar contra el terrorismo Capacidad...
Section | Auto |
Issuing Organization | Consejo de la Unión Europea |
AUTO DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA de 15 de febrero de 2005 en el asunto T-206/02: Congreso Nacional del Kurdist·n (KNK) contra Consejo de la UniÛn Europea (1 ) ('Recurso de anulaciÛn -- Medidas restrictivas especÌficas dirigidas a determinadas personas y entidades con el fin de luchar contra el terrorismo -- LegitimaciÛn -- AsociaciÛn -Admisibilidad') (2005/C 143/64) (Lengua de procedimiento: francÈs) En el asunto T-206/02, Congreso Nacional del Kurdist·n (KNK), con sede en Bruselas (BÈlgica), representado por el Sr. J.
Boisseau, abogado, contra Consejo de la UniÛn Europea (agentes: Sres. M. Vitsentzatos y S. Marquardt), apoyado por ComisiÛn de las Comunidades Europeas (agentes: inicialmente Sr. G. zur Hausen y Sra. G. Boudot, posteriormente Sr. J.
Enegren y Sra. Boudot, que designa domicilio en Luxemburgo) y por Reino Unido de Gran BretaÒa e Irlanda del Norte (agentes: inicialmente Sr. J. Collins, posteriormente Sra. R.
Caudwell, que designa domicilio en Luxemburgo), que tiene por objeto un recurso de anulaciÛn de la DecisiÛn 2002/334/CE del Consejo, de 2 de mayo de 2002, relativa a la aplicaciÛn del apartado 3 del artÌculo 2 del Reglamento (CE) no 2580/2001 sobre medidas restrictivas especÌficas dirigidas a determinadas personas y entidades con el fin de luchar contra el terrorismo y por la que se deroga la DecisiÛn 2001/927/CE (DO L 116, p. 33), el Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas (Sala Segunda), integrado por los Sres.
J. Pirrung, Presidente, N.J. Forwood y S. Papasavvas, Jueces;
Secretario: Sr. H. Jung, ha dictado el 15 de febrero de 2005 un auto en el que se resuelve lo siguiente:
1) Declarar la inadmisibilidad del recurso.
2) El demandante soportar· sus propias costas y pagar· las del Consejo.
3) El Reino Unido de Gran BretaÒa e Irlanda del Norte y la ComisiÛn soportar·n sus propias costas.
(1 ) DO C 247, de 12.10.2002.
AUTO DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA de 15 de febrero de 2005 en el asunto T-229/02, Kurdistan Workers' Party (PKK) y Kurdistan National Congress (KNK) contra Consejo de la UniÛn Europea (1 ) ('Recurso de anulaciÛn -- Medidas restrictivas especÌficas dirigidas a determinadas personas y entidades con el fin de luchar contra el terrorismo -- Capacidad procesal -- LegitimaciÛn -- AsociaciÛn -- Admisibilidad') (2005/C 143/65) (Lengua de procedimiento...
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