Directiva 2004/96/CE de la Comisión, de 27 de septiembre de 2004, por la que se modifica la Directiva 76/769/CEE del Consejo en relación con la limitación de la comercialización y el uso de níquel en los dispositivos de perforación para la adaptación de su anexo I al progreso técnico 1

SectionDirective
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

DIRECTIVA 2004/96/CE DE LA COMISIÓN

de 27 de septiembre de 2004

por la que se modifica la Directiva 76/769/CEE del Consejo en relación con la limitación de la comercialización y el uso de níquel en los dispositivos de perforación para la adaptación de su anexo I al progreso técnico

(Texto pertinente a efectos del EEE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 76/769/CEE del Consejo, de 27 de julio de 1976, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros que limitan la comercialización y el uso de determinadas sustancias y preparados peligrosos (1), y, en particular el apartado a) de su artículo 2,

Considerando lo siguiente:

(1) Con arreglo a la Directiva 76/769/CEE, modificada por la Directiva 94/27/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (2), el níquel y sus compuestos no podrán utilizarse en determinados dispositivosde perforación ni en otros productos a menos que se ajusten a lo dispuesto en la Directiva 76/769/CEE.

(2) Se ha realizado recientemente una evaluación específica del riesgo de sensibilización de las personas al níquel por dispositivos deperforación; la conclusión de dicha evaluación fue que un límite de migración de los dispositivos de perforación sería más apropiado que un límite de contenido.

(3) El nuevo índice de níquel liberado (límite de migración) debería adaptarse al factor de multiplicación especificado en la norma EN 1811 para compensar las variaciones inter-laboratorios y las inexactitudes de medición. Se insta al Comité Europeo de Normalización (CEN) a revisar la norma EN 1811, en particular en lo que respecta al factor de adaptación y a preparar una norma revisada sin factor de adaptación, o con un factor de adaptación inferior, en su caso.

(4) Se remitió la evaluación del riesgo al Comité Científico de Toxicidad, Ecotoxicidad y Medio Ambiente (CCTEMA) para su revisión paritaria. El CCTEMA confirmó que un límite de migración de níquel puede inducir riesgos menores de sensibilización que un límite de contenido de níquel.

(5) Las disposiciones que contempla la presente Directiva tienen en cuenta la situación actual del conocimiento, la ciencia y la técnica.

(6) La presente Directiva debería aplicarse sin perjuicio de la legislación comunitaria que establece requisitos mínimos para la protección de los trabajadores, en...

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