Decisión de la Comisión, de 27 de enero de 2009, relativa a la liquidación de las cuentas de los organismos pagadores de Estonia correspondientes a los gastos en el ámbito de las medidas de desarrollo rural financiadas por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) en el ejercicio financiero 2007 [notificada con el número C(2009) 150]
Section | Decision |
Issuing Organization | Comisión de las Comunidades Europeas |
3.2.2009 Diario Oficial de la Unión Europea L 33/31
II
(Actos adoptados en aplicación de los Tratados CE/Euratom cuya publicación no es obligatoria)
DECISIONES
COMISIÓN
DECISIÓN DE LA COMISIÓN
de 27 de enero de 2009
relativa a la liquidación de las cuentas de los organismos pagadores de Estonia correspondientes a los gastos en el ámbito de las medidas de desarrollo rural financiadas por el Fondo Europeo
Agrícola de Garantía (FEAGA) en el ejercicio financiero 2007
[notificada con el número C(2009) 150]
(El texto en lengua estonia es el único auténtico)
(2009/85/CE)
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CE) no 1290/2005 del Consejo, de 21 de junio de 2005, sobre la financiación de la política agrícola común (1), y, en particular, sus artículos 30 y 39,
Previa consulta al Comité de los fondos agrícolas,
Considerando lo siguiente:
(1) Mediante la Decisión 2008/395/CE (2) se liquidaron las cuentas correspondientes al ejercicio financiero 2007 de todos los organismos pagadores, excepto del organismo pagador estonio «PRIA» y el organismo pagador maltés «MRAE».
(2) Tras la transmisión de nueva información y después de haber realizado controles adicionales, la Comisión está en condiciones de poder tomar una decisión con respecto a
los gastos en el ámbito de las medidas de desarrollo rural sobre la integridad, exactitud y veracidad de las cuentas presentadas por el organismo pagador estonio «PRIA».
(3) De conformidad con el artículo 30, apartado 2, del Reglamento (CE) no 1290/2005, la presente Decisión se adopta sin perjuicio de otras decisiones que la Comisión pueda adoptar posteriormente para excluir de la financiación comunitaria gastos que no se hayan efectuado con arreglo a las normas comunitarias.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Quedan liquidadas las cuentas del organismo pagador de Estonia «PRIA» correspondientes a los gastos en el ámbito de las medidas de desarrollo rural financiadas por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) en el ejercicio financiero 2007.
En el anexo I y el anexo II se recogen los importes que debe reintegrar cada Estado miembro o que han de abonarse a ellos en virtud de la presente Decisión en el ámbito de las medidas de desarrollo rural aplicables en Estonia.
(1) DO L 209 de 11.8.2005, p. 1.
(2) DO L 139 de 29.5.2008, p. 25.
L 33/32 Diario Oficial de la Unión Europea 3.2.2009
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