Asunto C-59/06 P: Recurso de casación interpuesto el 3 de febrero de 2006 por Luigi Marcuccio contra la sentencia dictada el 24 de Noviembre de 2005 por la Sala Quinta del Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas en el asunto T-236/02, Luigi Marcuccio contra Comisión de las Comunidades Europeas

SectionCase
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas
  1. En caso de respuesta negativa a la cuestión b) o a parte de la misma:

    ¿Puede presentarse el estado de costes, en lugar de lo anterior, mediante un modelo analítico de costes? ¿Qué requisitos relativos al método y al contenido debe cumplir esta alternativa de evaluación?

  2. ¿Al examinar la orientación en función de los costes, dispone la autoridad nacional de reglamentación, en el marco de sus facultades previstas en el artículo 4, apartados 1 a 3, del Reglamento (CE) no 2887/2000, de los llamados márgenes de apreciación que sólo están sujetos a un control jurisdiccional limitado?

  3. En caso de respuesta afirmativa a la cuestión d):

    ¿Estos márgenes de apreciación también se refieren al método de cálculo de los costes y a cuestiones relativas a la estimación de intereses (para capital de fuentes externas y/o capital propio) y de períodos de amortización adecuados? ¿Cuáles son los límites de estos márgenes de apreciación?

  4. ¿La exigencia de orientación en función de los costes está también destinada, al menos, a proteger los derechos de competidores en cuanto beneficiarios, con la consecuencia de que estos competidores pueden emprender acciones legales contra tarifas de acceso que no se orienten en función de los costes?

  5. ¿Debe cargar el operador notificado con la desventaja de la imposibilidad de la prueba (le incumbe la carga de la prueba), cuando no pueda justificarse la existencia de los costes, en todo o en parte, durante el procedimiento de supervisión establecido en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 2887/2000 o en el proceso judicial que le siga?

  6. En el caso de respuesta afirmativa a las cuestiones f) y g):

    ¿Le incumbe al operador notificado la carga de probar la orientación en función de los costes aun cuando un competidor, en cuanto beneficiario, presente recurso contra una autorización dictada por la autoridad nacional de reglamentación conforme al ordenamiento jurídico nacional, por el motivo de que las tarifas de acceso autorizadas son demasiado elevadas por no estar orientadas en función de los costes? (1 ) JO 2000 L 336, p. 4.

    Recurso de casación interpuesto el 3 de febrero de 2006 por Luigi Marcuccio contra la sentencia dictada el 24 de Noviembre de 2005 por la Sala Quinta del Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas en el asunto T-236/02, Luigi Marcuccio contra Comisión de las Comunidades Europeas (Asunto C-59/06 P) (2006/C 96/06) (Lengua de procedimiento: italiano) En el Tribunal de Justicia de las...

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