Convocatoria de manifestaciones de interés para puestos de miembros de la sala de recurso de la oficina comunitaria de variedades vegetales

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ES Diario Oficial de la Unión Europea C 200/11

OFICINA COMUNITARIA DE VARIEDADES VEGETALES Convocatoria de manifestaciones de interés para puestos de miembros de la sala de recurso de la oficina comunitaria de variedades vegetales

(2010/C 200/05)

Descripción de la oficina y de su sala de recurso

La Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales, en lo sucesivo denominada «la Oficina», se creó en virtud del Reglamento (CE) n o 2100/94 del Consejo, de 27 de julio de 1994, relativo a la protección comunitaria de las obtenciones vegetales ( 1 ).

La misión de la Oficina -órgano comunitario dotado tanto de personalidad jurídica como de autonomía jurídica, administrativa y financiera- consiste en administrar el sistema comunitario de protección de las obtenciones vegetales, en cuyo marco específico se conceden derechos de propiedad industrial en relación con las nuevas obtenciones vegetales. Concretamente, corresponde a la Oficina decidir sobre las solicitudes de concesión de tales derechos, que ofrecen una protección uniforme en todo el territorio de la Comunidad. La Oficina tiene su sede en Angers, Francia.

En virtud del Reglamento (CE) n o 1239/95 de la Comisión ( 2 ) se creó una sala de recurso competente para resolver sobre los recursos interpuestos contra las resoluciones de la Oficina y, en concreto, sobre la concesión o la denegación de la protección comunitaria de de las obtenciones vegetales, las oposiciones, la nulidad o la anulación de la protección comunitaria de las obtenciones vegetales o la concesión o denegación de licencias obligatorias.

La sala de recurso está compuesta por un presidente y dos miembros, si bien pueden convocarse otros dos miembros adicionales.

Descripción de las funciones

El miembro (hombre o mujer) seleccionado deberá ejercer las competencias conferidas a la sala de recurso y en concreto, las de ponente en caso de que sea designado como tal.

Selección y nombramiento

El Presidente de la OCVV confeccionará un comité de selección encargado del proceso de selección. El comité invitará aproximadamente a los veinte candidatos con los mejores perfiles, seleccionados sobre la base de sus méritos y de los criterios que se fijan a continuación, para una entrevista.

En función de esta entrevista, el Presidente de la OCVV adoptará una lista reducida de candidatos que será presentada al Consejo de Administración. El Consejo de Administración nombrará a los miembros de la Sala de Recurso a partir de la citada lista, por un...

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