Decisión del Comité Mixto del EEE nº 114/2007, de 28 de septiembre de 2007, por la que se modifica el anexo IX (Servicios financieros) del Acuerdo EEE

SectionDecision
Issuing OrganizationComité Mixto

DECISI”N DEL COMIT… MIXTO DEL EEE No 114/2007 de 28 de septiembre de 2007 por la que se modifica el anexo IX (Servicios financieros) del Acuerdo EEE EL COMIT… MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio EconÛmico Europeo, adaptado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio EconÛmico Europeo (en lo sucesivo denominado 'el Acuerdo'), y, en particular, su artÌculo 98,

Considerando lo siguiente:

(1) El anexo IX del Acuerdo fue modificado por la DecisiÛn del ComitÈ Mixto del EEE no 87/2007, de 6 de julio de 2007 (1).

(2) Debe incorporarse al Acuerdo la Directiva 2007/16/CE de la ComisiÛn, de 19 de marzo de 2007, que establece disposiciones de aplicaciÛn de la Directiva 85/611/CEE del Consejo, por la que se coordinan las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas sobre determinados organismos de inversiÛn colectiva en valores mobiliarios (OICVM) en lo que se refiere a la aclaraciÛn de determinadas definiciones (2).

DECIDE:

ArtÌculo 1

El anexo IX del Acuerdo queda modificado como sigue:

1) Los puntos 30a, 30b, 30c, 30ca, 30caa, 30 cab, 30cac, 30cb, 30d y 30e ser·n renumerados como puntos 31, 31a, 31b, 31ba, 31baa, 31bab, 31bac, 31bb, 31c y 31d.

2) Bajo el encabezamiento 'ACTOS DE LOS CUALES LAS PARTES CONTRATANTES TOMAR¡N NOTA', los puntos 31 a 41 se renumerar·n como puntos 32 a 42.

3) DespuÈs del punto 30 (Directiva 85/611/CEE del Consejo), se aÒade el punto siguiente:

'30a. 32007 L 0016: Directiva 2007/16/CE de la ComisiÛn, de 19 de marzo de 2007, que establece disposiciones de aplicaciÛn de la Directiva 85/611/CEE del Consejo, por la que se coordinan las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas sobre determinados organismos de inversiÛn colectiva en valores mobiliarios (OICVM) en lo que se refiere a la aclaraciÛn de determinadas definiciones (DO L 79 de 20.3.2007, p. 11).'.

ArtÌculo 2

Los textos de la Directiva 2007/16/CE en lenguas islandesa y noruega, que se publicar·n en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la UniÛn Europea, son autÈnticos.

ArtÌculo 3

La presente DecisiÛn entrar· en vigor el 29 de septiembre de 2007, siempre que se hayan...

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