Reglamento (UE) nº 344/2013 de la Comisión, de 4 de abril de 2013, por el que se modifican los anexos II, III, V y VI del Reglamento (CE) nº 1223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre los productos cosméticos

Enforcement date:May 15, 2013
SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

25.4.2013 Diario Oficial de la Unión Europea L 114/1

ES

II

(Actos no legislativos)

REGLAMENTOS

REGLAMENTO (UE) N o 344/2013 DE LA COMISIÓN de 4 de abril de 2013

por el que se modifican los anexos II, III, V y VI del Reglamento (CE) n o 1223/2009 del Parlamento

Europeo y del Consejo, sobre los productos cosméticos (Texto pertinente a efectos del EEE)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n o 1223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, sobre los productos cosméticos

( 1 ), y, en particular, su artículo 31, apartados 1 y 2,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) n o 1223/2009 es aplicable a partir del 11 de julio de 2013 y deroga la Directiva 76/768/CEE del Consejo, de 27 de julio de 1976, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de productos cosméticos

( 2

). Sin embargo, a fin de garantizar una transición armoniosa, los operadores económicos están autorizados a comercializar productos cosméticos que cumplan con el Reglamento (CE) n o 1223/2009 antes de la fecha de aplicación de dicho Reglamento.

(2) Los anexos del Reglamento (CE) n o 1223/2009 corresponden al conocimiento científico el 5 de febrero de 2008, cuando la Comisión adoptó la propuesta de Reglamento. Desde entonces, los anexos de la Directiva 76/768/CEE se han modificado varias veces.

(3) Varias de dichas modificaciones pretendían hacer frente a riesgos para la salud humana, por lo cual introducían las medidas necesarias para proteger la salud pública. Por consiguiente, en aras de la claridad jurídica y porque existe la opción de dar cumplimiento a lo establecido en el Reglamento (CE) n o 1223/2009 antes del 11 de julio de 2013, como alternativa al cumplimiento de la Directiva 76/768/CEE, procede modificar también los anexos del Reglamento (CE) n o 1223/2009 para garantizar un alto nivel de protección de la salud pública.

(4) Otras de las modificaciones de los anexos de la Directiva 76/768/CEE consistieron en adaptaciones al progreso técnico y científico, al tiempo que protegían la salud pública. Como consecuencia de ello, los anexos de la Directiva 76/768/CEE están ahora mejor adaptados al progreso técnico y científico que los del Reglamento (CE) n o 1223/2009. Es necesario, por tanto, introducir esas modificaciones en los anexos del Reglamento (CE) n o 1223/2009.

(5) En algunos casos, las sustancias no han sido denominadas según nomenclaturas reconocidas internacionalmente, como la Nomenclatura Internacional de Ingredientes Cosméticos (INCI), sino identificadas por sus nombres de perfumería, que conviene, por tanto, recoger en la columna c del anexo III (nombre común del ingrediente).

(6) Procede, por tanto, modificar el Reglamento (CE) n o 1223/2009 en consecuencia.

(7) Las medidas previstas en la presente Directiva se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Productos Cosméticos.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Los anexos II, III, V y VI del Reglamento (CE) n o 1223/2009 quedan modificados con arreglo a lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.

( 1 ) DO L 342 de 22.12.2009, p. 59.

( 2 ) DO L 262 de 27.9.1976, p. 169.

ES

L 114/2 Diario Oficial de la Unión Europea 25.4.2013

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Será aplicable a partir del 11 de julio de 2013.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 4 de abril de 2013.

Por la Comisión

El Presidente

José Manuel BARROSO

25.4.2013 Diario Oficial de la Unión Europea L 114/3

ES

ANEXO

1) El anexo II del Reglamento (CE) n o 1223/2009 queda modificado como sigue:

  1. la entrada con el número de orden 167 se sustituye por la siguiente:

    167 Ácido p-aminobenzoico y sus ésteres (con el grupo amino libre) 150-13-0 205-753-0

  2. la entrada con el número de orden 450 se sustituye por la siguiente:

    450 Aceites esenciales de verbena (Lippia citriodora Kunth.) y derivados distintos del absoluto en su uso como ingrediente de fragancia

    8024-12-2 285-515-0

  3. la entrada con el número de orden 1136 se sustituye por la siguiente:

    1136 Exudado de Myroxylon pereirae (Royle) Klotzsch (bálsamo del Perú, crudo) en su uso como ingrediente de fragancia

    8007-00-9 232-352-8

  4. se añaden las entradas con los siguientes números de orden:

    1329 4-[(4-Aminofenil)(4-iminociclohexa-2,5-dien-1-iliden)metil]-o-toluidina y su clorhidrato (Basic Violet 14; CI 42510), cuando se emplee en tintes de pelo

    3248-93-9/ 632-99-5 (HCl)

    221-832-2/ 211-189-6 (HCl)

    1330 Ácido 4-[(2,4-dihidroxifenil)azo]bencenosulfónico y su sal de sodio (Acid Orange 6; CI 14270), cuando se emplee en tintes de pelo

    2050-34-2/ 547-57-9 (Na)

    218-087-0/ 208-924-8 (Na)

    1331 Ácido 4-(fenilazo)-3-hidroxi-2-naftoico y su sal de calcio (Pigment Red 64:1; CI 15800), cuando se emplee en tintes de pelo

    27757-79-5/ 6371-76-2 (Ca)

    248-638-0/ 228-899-7 (Ca)

    1332 Ácido 2-(6-hidroxi-3-oxo-(3H)-xanten-9-il)benzoico; fluoresceína y su sal de disodio (Acid yellow 73 sodium salt; CI 45350), cuando se emplee en tintes de pelo

    2321-07-5/ 518-47-8 (Na)

    219-031-8/ 208-253-0 (Na)

    1333 4',5'-Dibromo-3',6'-dihidroxiespiro[isobenzofuran-1(3H),9'-[9H]xanten]-3-ona; 4',5'-dibromofluoresceína; (Solvent Red 72) y su sal de disodio (CI 45370), cuando se emplee en tintes de pelo

    596-03-2/ 4372-02-5 (Na)

    209-876-0/ 224-468-2 (Na)

    1334 Ácido 2-(3,6-dihidroxi-2,4,5,7-tetrabromoxanten-9-il)-benzoico; fluoresceína, 2',4',5',7'-tetrabromo-; (Solvent Red 43), su sal de disodio (Acid Red 87; CI 45380) y su sal de aluminio (Pigment Red 90:1 Aluminium lake), cuando se emplee en tintes de pelo

    15086-94-9/ 17372-87-1 (Na)/15876-39-8 (Al)

    239-138-3/241-409-6 (Na)/240-005-7 (Al)

    1335 Xantilio, 9-(2-carboxifenil)-3-(2-metilfenil)amino)-6-((2-metil-4-sulfofenil)amino)-, sal interna y su sal de sodio (Acid Violet 9; CI 45190), cuando se emplee en tintes de pelo

    10213-95-3/ 6252-76-2 (Na)

    -/228-377-9 (Na)

    1336 3',6'-Dihidroxi-4',5'-diyodoespiro[isobenzofuran-1(3H),9'-[9H]xanten]-3-ona; (Solvent Red 73) y su sal de sodio (Acid Red 95; CI 45425), cuando se emplee en tintes de pelo

    38577-97-8/ 33239-19-9 (Na)

    254-010-7/ 251-419-2 (Na)

    1337 2',4',5',7'-Tetrayodofluoresceína, su sal de disodio (Acid Red 51;

    CI 45430) y su sal de aluminio (Pigment Red 172 Aluminium lake), cuando se emplee en tintes de pelo

    15905-32-5/ 16423-68-0 (Na)/12227-78-0 (Al)

    240-046-0/ 240-474-8 (Na)/235-440-4 (Al)

    L 114/4 Diario Oficial de la Unión Europea 25.4.2013

    ES

    1338 1-Hidroxi-2,4-diaminobenceno (2,4-diaminofenol) y sus diclorhidratos (2,4-diaminofenol HCl), cuando se emplee en tintes de pelo

    95-86-3/137-09-7 (HCl)

    202-459-4 /205-279-4 (HCl)

    1339 1,4-Dihidroxibenceno (Hydroquinone), excepto la entrada 14 del anexo III

    123-31-9 204-617-8

    1340 Cloruro de [4-[[4-anilino-1-naftil][4-(dimetilamino)fenil]metilen]ciclohexa-2,5-dien-1-iliden]dimetilamonio (Basic Blue 26; CI 44045), cuando se emplee en tintes de pelo

    2580-56-5 219-943-6

    1341 3-[(2,4-Dimetil-5-sulfonatofenil)azo]-4-hidroxinaftaleno-1-sulfonato de disodio (Ponceau SX; CI 14700), cuando se emplee en tintes de pelo

    4548-53-2 224-909-9

    1342 Tris[5,6-dihidro-5-(hidroxiimino)-6-oxonaftaleno-2-sulfonato(2- )-N 5 ,O

    6 ]ferrato(3-) de trisodio (Acid Green 1; CI 10020), cuando se emplee en tintes de pelo

    19381-50-1 243-010-2

    1343 4-(Fenilazo)resorcinol (Solvent Orange 1; CI 11920) y sus sales, cuando se emplee en tintes de pelo

    2051-85-6 218-131-9

    1344 4-[(4-Etoxifenil)azo]naftol (Solvent Red 3; CI 12010) y sus sales, cuando se emplee en tintes de pelo

    6535-42-8 229-439-8

    1345 1-[(2-Cloro-4-nitrofenil)azo]-2-naftol (Pigment Red 4; CI 12085) y sus sales, cuando se emplee en tintes de pelo

    2814-77-9 220-562-2

    1346 3-Hidroxi-N-(o-tolil)-4-[(2,4,5-triclorofenil)azo]naftaleno-2-carboxamida (Pigment Red 112; CI 12370) y sus sales, cuando se emplee en tintes de pelo

    6535-46-2 229-440-3

    1347 N-(5-Cloro-2,4-dimetoxifenil)-4-[[5-[(dietilamino)sulfonil]-2-metoxifenil]azo]-3-hidroxinaftaleno-2-carboxamida (Pigment Red 5; CI 12490) y sus sales, cuando se emplee en tintes de pelo

    6410-41-9 229-107-2

    1348 4-[(5-Cloro-4-metil-2-sulfonatofenil)azo]-3-hidroxi-2-naftoato de disodio (Pigment Red 48; CI 15865), cuando se emplee en tintes de pelo

    3564-21-4 222-642-2

    1349 3-Hidroxi-4-[(1-sulfonato-2-naftil)azo]-2-naftoato de calcio (Pigment Red 63:1; CI 15880), cuando se emplee en tintes de pelo

    6417-83-0 229-142-3

    1350 3-Hidroxi-4-(4'-sulfonatonaftilazo)naftaleno-2,7-disulfonato de trisodio (Acid Red 27; CI 16185), cuando se emplee en tintes de pelo

    915-67-3 213-022-2

    1351 2,2'-[(3,3'-Dicloro[1,1'-bifenil]-4,4'-diil)bis(azo)]bis[N-(2,4-dimetilfenil)-3-oxobutiramida] (Pigment Yellow 13; CI 21100), cuando se emplee en tintes de pelo

    5102-83-0 225-822-9

    1352 2,2'-[Ciclohexiliden-bis[(2-metil-4,1-fenilen)azo]]bis[4-ciclohexilfenol] (Solvent Yellow 29; CI 21230), cuando se emplee en tintes de pelo

    6706-82-7 229-754-0

    1353 1-(4-(Fenilazo)fenilazo)-2-naftol (Solvent Red 23; CI 26100), cuando se emplee en tintes de pelo

    85-86-9 201-638-4

    1354 6-Amino-4-hidroxi-3-[[7-sulfonato-4-[(4-sulfonatofenil)azo]-1-naftil]azo]naftaleno-2,7-disulfonato de tetrasodio (Food Black 2; CI 27755), cuando se emplee en tintes de pelo

    2118-39-0 218-326-9

    ES

    25.4.2013 Diario Oficial de la Unión Europea L 114/5

    1355 [4-[4-(Dietilamino)-2,4-disulfonatobencidriliden]ciclohexa-2,5-dien-1-iliden]dietilamonio, hidróxido, sal interna, sal de sodio (Acid Blue 1; CI 42045), cuando se emplee en tintes de pelo

    1356 [4-[4-(Dietilamino)-5-hidroxi-2,4-disulfonatobencidriliden]ciclohexa-2,5-dien-1-iliden]dietilamonio], hidróxido, sal interna, sal de calcio (2:1) (Acid Blue 3; CI 42051), cuando se emplee en tintes de pelo

    1357...

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