Reglamento (CE) nº 1107/2003 de la Comisión, de 26 de junio de 2003, por el que se modifican las restituciones a la exportación del azúcar blanco y del azúcar en bruto sin perfeccionar

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

REGLAMENTO (CE) No 1107/2003 DE LA COMISIÓN de 26 de junio de 2003 por el que se modifican las restituciones a la exportación del azúcar blanco y del azúcar en bruto sin perfeccionar LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1260/2001 del Consejo, de 19 de junio de 2001, por el que se establece una organización común de mercados en el sector del azúcar (1), modificado por el Reglamento (CE) no 680/2002 de la Comisión (2), y, en particular, el párrafo tercero del apartado 5 de su artículo 27,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) no 1051/2003 de la Comisión (3), ha fijado las restituciones aplicables a la exportación para el azúcar blanco y el azúcar en bruto.

(2) La aplicación de las modalidades mencionadas en el Reglamento (CE) no 1051/2003 a los datos de que dispone la Comisión conduce a modificar las restituciones a la exportación actualmente en vigor, con arreglo al anexo del presente Reglamento.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Se modificarán, con arreglo a los importes consignados en el anexo, las restituciones a la exportación de los productos contemplados en la letra a) del apartado 1 del artículo 1 del Reglamento (CE) no 1260/2001, sin perfeccionar o no desnaturalizados, fijadas en el anexo del Reglamento (CE) no 1051/ 2003.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el 27 de junio de 2003.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 26 de junio de 2003.

Por la Comisión Franz FISCHLER Miembro de la Comisión

(1) DO L 178 de 30.6.2001, p. 1.

(2) DO L 104 de 20.4.2002, p.26.

(3) DO L 139 de 6.6.2003, p. 20.

ANEXO RESTITUCIONES POR EXPORTACIÓN DEL AZÚCAR BLANCO Y DEL AZÚCAR EN BRUTO SIN TRANSFORMAR Código de los productos Destino Unidad de medida Importe de las restituciones 1701 11 90 9100 S00 EUR/100 kg 43,65 (1) 1701 11 90 9910 S00 EUR/100 kg 43,91 (1) 1701 12 90 9100 S00 EUR/100 kg 43,65 (1) 1701 12 90 9910 S00 EUR/100 kg 43,91 (1) 1701 91 00 9000 S00 EUR/1% de sacarosa × 100 kg de producto neto 0,4745 1701 99 10 9100 S00 EUR/100 kg 47,45 1701 99 10 9910 S00 EUR/100 kg 47,73 1701 99 10 9950 S00 EUR/100 kg 47,73 1701 99 90 9100 S00 EUR/1% de sacarosa × 100 kg de producto neto 0,4745 Nota: Los códigos de los productos y los códigos de los destinos de la serie «A» se definen en el Reglamento (CEE)...

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