Decisión de Ejecución de la Comisión, de 3 de noviembre de 2011, por la que se modifica la Decisión 2008/866/CE, relativa a las medidas de emergencia para la suspensión de las importaciones de determinados moluscos bivalvos destinados al consumo humano procedentes de Perú, en lo que respecta a su período de aplicación [notificada con el número C(2011) 7767]

SectionDecision
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

L 288/26 Diario Oficial de la Unión Europea 5.11.2011

ES

DECISIONES

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN

de 3 de noviembre de 2011

por la que se modifica la Decisión 2008/866/CE, relativa a las medidas de emergencia para la suspensión de las importaciones de determinados moluscos bivalvos destinados al consumo humano procedentes de Perú, en lo que respecta a su período de aplicación

[notificada con el número C(2011) 7767]

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2011/723/UE)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n o 178/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de enero de 2002, por el que se establecen los principios y los requisitos generales de la legislación alimentaria, se crea la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria y se fijan procedimientos relativos a la seguridad alimentaria

( 1 ), y, en particular, su artículo 53, apartado 1, letra b), inciso i),

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) n o 178/2002 establece los principios generales aplicables, a nivel de la Unión y a nivel nacional, a los alimentos y los piensos en general y, en particular, a su seguridad. Prevé medidas de emergencia cuando existan datos de que un alimento o un pienso importado de un tercer país puede constituir un riesgo grave para la salud de las personas y de los animales o para el medio ambiente, y dicho riesgo no pueda controlarse satisfactoriamente mediante la adopción de medidas por parte de los Estados miembros afectados.

(2) La Decisión 2008/866/CE de la Comisión, de 12 de noviembre de 2008, relativa a las medidas de emergencia para la suspensión de las importaciones de determinados moluscos bivalvos destinados al consumo humano procedentes de Perú

( 2

), fue adoptada a raíz de un brote de hepatitis A en personas, relacionado con el consumo de moluscos bivalvos importados de Perú y contaminados con el virus de la hepatitis A (VHA). Dicha Decisión se aplicó inicialmente hasta el 31 de marzo de 2009, pero el período de aplicación se prorrogó hasta el 30 de noviembre de 2011 mediante la Decisión 2010/641/UE de la Comisión

( 3

).

(3) Una auditoría de la Comisión efectuada en septiembre de 2009 comprobó que las autoridades peruanas estaban instaurando las medidas correctoras que figuran en la información que facilitaron tras el brote de hepatitis A. Sin embargo, estas medidas no se habían aplicado completamente en el momento de la inspección.

(4) En...

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