Reglamento (UE) nº 528/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de junio de 2013, por el que se modifica la fecha de aplicación del Reglamento (CE) nº 450/2008 por el que se establece el código aduanero comunitario (código aduanero modernizado

SectionReglamento
Issuing OrganizationParlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea

L 165/62 Diario Oficial de la Unión Europea 18.6.2013

ES

REGLAMENTO (UE) N o 528/2013 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

de 12 de junio de 2013

por el que se modifica la fecha de aplicación del Reglamento (CE) n o 450/2008 por el que se establece el código aduanero comunitario (código aduanero modernizado

EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular sus artículos 33, 114 y 207,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Previa transmisión del proyecto de acto legislativo a los Parlamentos nacionales,

Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo

( 1 ),

De conformidad con el procedimiento legislativo ordinario

( 2 ),

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) n.

o 450/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2008, por el que se establece el código aduanero comunitario (código aduanero modernizado)

( 3

), tiene por objeto sustituir el Reglamento (CEE) n. o 2913/92 del Consejo, de 12 de octubre de 1992, por el que se aprueba el Código aduanero comunitario

( 4 ). El Reglamento (CE) n.

o 450/2008 entró en vigor el 24 de junio de 2008, pero, con arreglo a su artículo 188, apartado 2, será de aplicación solo cuando sean aplicables sus medidas de aplicación, a más tardar, el 24 de junio de 2013.

(2) El 20 de febrero de 2012, la Comisión presentó al Parlamento Europeo y al Consejo una propuesta de Reglamento por el que se establece el código aduanero de la Unión, en forma de versión refundida del Reglamento (CE) n.

o 450/2008, para sustituirlo antes de su fecha límite de aplicación de 24 de junio de 2013. Sin embargo, el procedimiento legislativo ordinario no puede concluirse a tiempo para permitir la adopción y la entrada en vigor de la propuesta de Reglamento antes de dicha fecha. A falta de una acción legislativa correctora, el Reglamento (CE) n.

o 450/2008 entraría por lo tanto en vigor el 24 de junio de 2013 y el Reglamento (CEE)

n. o 2913/92 quedaría derogado. Esto generaría incertidumbre jurídica en torno a la legislación aduanera realmente aplicable a partir de esa fecha, y sería un obstáculo al mantenimiento de un marco jurídico completo y coherente de la Unión para los asuntos aduaneros a la espera de la adopción de la propuesta de Reglamento.

(3) Para evitar estos graves problemas relativos a la legislación aduanera de la Unión y dar al Parlamento Europeo y al Consejo tiempo suficiente para...

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