Asunto C-129/13: Petición de decisión prejudicial planteada por el Hoge Raad der Nederlanden (Países Bajos) el 18 de marzo de 2013 — Kamino International Logistics BV/Staatssecretaris van Financiën

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ES Diario Oficial de la Unión Europea C 171/11

Cuestiones prejudiciales

Se acuerda solicitar al Tribunal de Justicia de la Unión Europea que se pronuncie, con carácter prejudicial, sobre la interpretación de los artículos 4, apartado 1, del Reglamento (CEE) n o 3665/87 ( 1 ) de la Comisión, de 27 de noviembre de 1987, y 19, apartado 1, letra a), del Reglamento (CEE) n o 2220/85 ( 2 ) de la Comisión, de 22 de julio de 1985, respecto de la «liberación» de la fianza prestada en el marco del artículo 22, apartado 1, del primero de los dos Reglamentos citados, consideradas las alegaciones de las partes.

( 1 ) Reglamento (CEE) n o 3665/87 de la Comisión, de 27 de noviembre de 1987, por el que se establecen las modalidades comunes de aplicación del régimen de restituciones a la exportación para los productos agrícolas (DO L 351, p. 1).

( 2 ) Reglamento (CEE) n o 2220/85 de la Comisión, de 22 de julio de 1985, por el que se establecen las modalidades comunes de aplicación del régimen de garantías para los productos agrícolas (DO L 205, p. 5; EE 03/36, p. 206).

Petición de decisión prejudicial planteada por el Hoge Raad der Nederlanden (Países Bajos) el 18 de marzo de 2013 - Kamino International Logistics BV/

Staatssecretaris van Financiën

(Asunto C-129/13)

(2013/C 171/22)

Lengua de procedimiento: neerlandés

Órgano jurisdiccional remitente

Hoge Raad der Nederlanden

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: Kamino International Logistics BV

Recurrida: Staatssecretaris van Financiën

Cuestiones prejudiciales

1) ¿Puede el juez nacional aplicar directamente el principio del Derecho de la Unión de respeto del derecho de defensa por la administración?

2) En caso de respuesta afirmativa a la cuestión 1:

  1. ¿Debe interpretarse el principio del Derecho de la Unión de respeto del derecho de defensa por la administración en el sentido de que dicho principio se viola cuando el destinatario de la decisión prevista no ha sido oído antes de que la administración haya adoptado una decisión lesiva en su contra, pero en una fase (de reclamación) administrativa posterior, que precede a la interposición del recurso ante el juez nacional, se le ha dado la oportunidad de ser oído?

Partes en el procedimiento principal

Gülay Bollacke

K + K Klaas & Kock B.V. & Co. KG

Cuestiones prejudiciales

interpretarse el artículo 7, apartado 1, de la Directiva 2003/88/CE ( 1 ) en el sentido de que se opone a legislaciones o prácticas nacionales conforme a las cuales el derecho a...

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