Asunto T-415/10: Sentencia del Tribunal General de 20 de marzo de 2013 — Nexans France/Empresa Común Fusion for Energy («Contratos públicos de suministro — Euratom — Procedimiento de licitación de la Empresa Común Fusion for Energy — Suministro de material eléctrico — Rechazo de la oferta de un licitador — Procedimiento abierto — Oferta con reservas — Seguridad jurídica — Confianza legítima — Proporcionalidad — Conflicto de intereses — Decisión de adjudicación — Recurso de anulación — Inexistencia de afectación directa — Inadmisibilidad — Responsabilidad extracontractual»)

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ES Diario Oficial de la Unión Europea 4.5.2013

Sentencia del Tribunal General de 20 de marzo de 2013 - Nexans France/Empresa Común Fusion for Energy

(Asunto T-415/10) ( 1 )

(«Contratos públicos de suministro - Euratom - Procedimiento de licitación de la Empresa Común Fusion for Energy - Suministro de material eléctrico - Rechazo de la oferta de un licitador - Procedimiento abierto - Oferta con reservas - Seguridad jurídica - Confianza legítima - Proporcionalidad - Conflicto de intereses - Decisión de adjudicación - Recurso de anulación - Inexistencia de afectación directa -

Inadmisibilidad - Responsabilidad extracontractual»)

(2013/C 129/30)

Lengua de procedimiento: francés

Nexans France (París, Francia) (representantes: J.-P. Tran Thiet, J.-F. Le Corre y M. Pigeat, abogados)

Empresa común europea para el ITER y el desarrollo de la energía de fusión (Barcelona) (representantes: A. Verpont, agente, asistido por C. Kennedy-Loest y T. Christopher, Solicitors, J. Derenne y N. Pourbaix, abogados, y M. Farley,

Por una parte, pretensión de anulación de la decisión que excluye la oferta presentada por la demandante y de la decisión de adjudicar el contrato a otro licitador y, por otra parte, pretensión de indemnización de daños y perjuicios.

Desestimar el recurso.

Condenar en costas a Nexans France, incluidas las relativas al procedimiento de medidas provisionales.

) DO C 301, de 6.11.2010.

Sentencia del Tribunal General de 20 de marzo de 2013 - Bank Saderat/Consejo

(Asunto T-495/10) ( 1 )

(«Política exterior y de seguridad común - Medidas restrictivas adoptadas contra Irán a fin de impedir la proliferación nuclear - Congelación de fondos - Entidad propiedad al 100 % de una entidad que se considera que ha participado en la proliferación nuclear - Excepción de ilegalidad - Obligación de motivación - Derecho de defensa - Derecho a una tutela judicial efectiva»)

(2013/C 129/31)

Lengua de procedimiento: inglés

Bank Saderat (Londres, Reino Unido) (representantes: inicialmente S. Gadhia, S. Ashley, Solicitors, D. Anderson,

QC, y R. Blakeley, Barrister, posteriormente S. Ashley, S. Jeffrey, A. Irvine, Solicitors, D. Wyatt, QC, y R. Blakeley)

Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: M. Bishop y R. Liudvinaviciute-Cordeiro, agentes)

Parte coadyuvante en apoyo de la demandada: Comisión Europea (representantes: S. Boelaert y M. Konstantinidis, agentes)

Objeto

Por una parte, un recurso de anulación de la Decisión 2010/413/PESC del Consejo, de 26...

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