Reglamento (UE) no 575/2014 de la Comisión, de 27 de mayo de 2014, por el que se modifica el Reglamento (UE) no 383/2012, que establece los requisitos técnicos con respecto a los permisos de conducción que incorporan un medio de almacenamiento (microchip)

Enforcement date:June 17, 2014
SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión Europea

28.5.2014 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 159/47

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Directiva 2006/126/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, sobre permisos de conducción (1), y, en particular, su artículo 1, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (UE) no 383/2012 de la Comisión (2) se aplica a los permisos de conducción que incorporan un microchip y establece una serie de requisitos técnicos.

(2) En particular, la sección III.4.2 del anexo III del Reglamento (UE) no 383/2012 establece un sistema de numeración de la homologación de tipo UE basado en la asignación de un número que identifica al Estado miembro que expide la homologación de tipo UE.

(3) A raíz de la adhesión de Croacia a la Unión, es necesario prever un número de identificación para este país que sea conforme con el orden de numeración de la homologación de tipo de la CEPE/ONU.

(4) Procede, por tanto, modificar el Reglamento (UE) no 383/2012 en consecuencia.

(5) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité del Permiso de Conducción.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

La sección III.4.2 del anexo III del Reglamento (UE) no 383/2012 se sustituye por el texto que figura en el anexo del presente Reglamento.

El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en todos los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 27 de mayo de 2014.

(1) DO L 403 de 30.12.2006, p. 18.

(2) Reglamento (UE) no 383/2012 de la Comisión, de 4 de mayo de 2012, que establece los requisitos técnicos con respecto a los permisos de conducción que incorporan un medio de almacenamiento (microchip) (DO L 120 de 5.5.2012, p. 1).

La sección III.4.2 del anexo III del Reglamento (UE) no 383/2012 se sustituye por el texto siguiente:

El sistema de numeración de la homologación de tipo UE consistirá en:

  1. la letra “e” seguida del número que identifica al Estado miembro que expide la homologación de tipo UE 1 para Alemania 2 para Francia 3 para Italia 4 para los Países Bajos 5 para Suecia 6 para Bélgica 7 para Hungría 8 para la República Checa 9 para España 11 para el Reino Unido 12...

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