Orientación (UE) 2019/1007 del Banco Central Europeo, de 7 de junio de 2019, por la que se modifica la Orientación BCE/2012/13 sobre TARGET2-Securities (BCE/2019/16)

SectionOrientación
Issuing OrganizationBanco Central Europeo

20.6.2019 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 163/108

EL CONSEJO DE GOBIERNO DEL BANCO CENTRAL EUROPEO,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, en particular el artículo 127, apartado 2, primer guion,

Vistos los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo, en particular los artículos 3.1, 12.1, 17, 18 y 22,

Considerando lo siguiente:

(1) El 25 de enero de 2019 el Consejo de Gobierno del Banco Central Europeo (BCE) adoptó la Decisión (UE) 2019/166 del Banco Central Europeo (BCE/2019/3) (1), que establece el Consejo de Infraestructura de Mercado (CIM) en su actual forma. Anteriormente, el CIM había funcionado en diversas formaciones especiales, siendo una de ellas el Consejo de TARGET2-Securities, creado originariamente en virtud de la Decisión BCE/2012/6 (2), derogada por la Decisión (UE) 2019/166 (BCE/2019/3). El CIM, en su forma revisada, es el órgano de gobierno encargado de apoyar al Consejo de Gobierno para mantener y desarrollar los servicios de infraestructura del Eurosistema y gestionar los proyectos de infraestructura del Eurosistema conforme a los objetivos del Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC) según el Tratado, a las necesidades corporativas del SEBC, a los avances tecnológicos, al marco jurídico aplicable a los servicios y proyectos de infraestructura del Eurosistema, y a los requisitos regulatorios y de vigilancia, respetando los mandatos de los comités del SEBC establecidos por el Consejo de Gobierno con arreglo al artículo 9 del Reglamento interno del BCE (3).

(2) El artículo 15, apartado 1, de la Orientación BCE/2012/13 (4), establece los criterios conforme a los cuales los depositarios centrales de valores pueden acceder a los servicios de TARGET2-Securities, y uno de esos criterios es que la autoridad competente haya evaluado positivamente al depositario central de valores en cuanto al cumplimiento de las recomendaciones del Sistema Europeo de Bancos Centrales/Comité de Responsables Europeos de Reglamentación de Valores sobre los sistemas de liquidación de valores. Las recomendaciones sobre los sistemas de liquidación de valores del Sistema Europeo de Bancos Centrales/Comité de Responsables Europeos de Reglamentación de Valores se han sustituido por los principios sobre las infraestructuras del mercado financiero adoptados en abril de 2012 por el Comité de Pagos e Infraestructuras del Mercado (CPMI) y la Organización Internacional de Comisiones de Valores...

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