Decisión de Ejecución de la Comisión, de 13 de junio de 2013, por la que se modifica la Decisión 2011/30/UE sobre la equivalencia de los sistemas de supervisión pública, control de calidad, investigación y sanciones que aplican algunos terceros países a los auditores y sociedades de auditoría y sobre un período transitorio autorizado para las actividades de auditoría en la Unión Europea de los auditores y sociedades de auditoría de ciertos terceros países [notificada con el número C(2013) 3491]

SectionDecisión de ejecución
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

L 163/26 Diario Oficial de la Unión Europea 15.6.2013

ES

DECISIONES

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN

de 13 de junio de 2013

por la que se modifica la Decisión 2011/30/UE sobre la equivalencia de los sistemas de supervisión pública, control de calidad, investigación y sanciones que aplican algunos terceros países a los auditores y sociedades de auditoría y sobre un período transitorio autorizado para las actividades de auditoría en la Unión Europea de los auditores y sociedades de auditoría de ciertos terceros países

[notificada con el número C(2013) 3491]

(Texto pertinente a efectos del EEE) (2013/288/UE)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Directiva 2006/43/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de mayo de 2006, relativa a la auditoría legal de las cuentas anuales y de las cuentas consolidadas, por la que se modifican las Directivas 78/660/CEE y 83/349/CEE del Consejo y se deroga la Directiva 84/253/CEE del Consejo

( 1

) y, en particular, su artículo 46, apartado 2, párrafo primero,

Considerando lo siguiente:

(1) La Decisión 2011/30/UE de la Comisión

( 2 ) autorizó a los auditores y sociedades de auditoría de los terceros países y territorios que figuran en su anexo para que prosiguieran en la Unión la elaboración de informes de auditoría sobre las cuentas anuales o consolidadas de los ejercicios iniciados entre el 2 de julio de 2010 y el 31 de julio de 2012.

(2) La Comisión ha procedido a evaluar los sistemas de supervisión pública, control de calidad, investigación y sanciones aplicados a los auditores y sociedades de auditoría de los terceros países y territorios que figuran en la lista del anexo de la Decisión 2011/30/UE. Las evaluaciones se han llevado a cabo con la asistencia del Grupo Europeo de Organismos de Supervisión de Auditores. Los sistemas de supervisión pública, control de calidad, investigación y sanciones aplicados a los auditores y sociedades de auditoría de esos terceros países y territorios se han evaluado atendiendo a los criterios dispuestos en los artículos 29, 30 y 32 de la Directiva 2006/43/CE, que son los que regulan los sistemas de supervisión pública, control de calidad, investigación y sanciones establecidos para los auditores y sociedades de auditoría de los Estados miembros. El objetivo último de la cooperación entre los Estados miembros y los sistemas de los terceros países aplicados a los auditores y a las sociedades de auditoría ha de ser conseguir que cada parte confíe en los sistemas de supervisión de la otra parte basándose en su equivalencia.

(3) Tras esas evaluaciones, se observa que Abu Dabi, Brasil, el Centro Financiero Internacional de Dubai, Guernesey, Indonesia, Isla de Man, Jersey, Malasia, Taiwán y Tailandia tienen para los auditores y sociedades de auditoría unos sistemas de supervisión pública, control de calidad, investigación y sanciones que funcionan con normas similares a las contenidas en los artículos 29, 30 y 32 de la Directiva 2006/43/CE. Procede por tanto considerar que los sistemas de supervisión pública, control de calidad, investigación y sanciones establecidos para los auditores y sociedades de auditoría de esos terceros países son equivalentes a los sistemas que funcionan para los auditores y sociedades de auditoría de los Estados miembros.

(4) Las...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT