Asunto C-133/13: Petición de decisión prejudicial planteada por el Raad van State (Países Bajos) el 18 de marzo de 2013 — Staatssecretaris van Economische Zaken, Staatssecretaris van Financiën/Q

SectionAnuncios

ES Diario Oficial de la Unión Europea C 171/13

En caso de respuesta negativa a la primera cuestión, ¿qué debe entenderse por la expresión «quedado sujeta», contenida en el artículo 28 ter, parte A, apartado 2, (final del) párrafo primero, de la Sexta Directiva: la asunción de la responsabilidad, en la declaración del IVA legalmente prevista, del IVA adeudado por la adquisición intracomunitaria en el Estado miembro de llegada, o bien -a falta de tal asunción de responsabilidad- o bien la adopción de medidas para su regularización por parte de las autoridades tributarias del Estado miembro de llegada? ¿Tiene alguna relevancia para la respuesta a esta cuestión el hecho de que la operación de que se trate forme parte de una cadena de operaciones dirigida a evadir el IVA en el país de llegada y el sujeto pasivo sabía o debía saber de tal circunstancia?

Directiva 77/388/CEE del Consejo, de 17 de mayo de 1977, Sexta Directiva en materia de armonización de las legislaciones de los Estados miembros relativas a los impuestos sobre el volumen de negocios - Sistema común del Impuesto sobre el Valor Añadido: base imponible uniforme (DO L 145, p. 1; EE09/01, p. 54)

Petición de decisión prejudicial planteada por el Raad van (Países Bajos) el 18 de marzo de 2013 - van Economische Zaken, Staatssecretaris van Financiën/Q

(Asunto C-133/13)

(2013/C 171/25)

Lengua de procedimiento: neerlandés

Órgano jurisdiccional remitente

Partes en el procedimiento principal

Staatssecretaris van Economische Zaken, Staatssecretaris van Financiën

Q

Cuestiones prejudiciales

¿Constituye el interés en la conservación del patrimonio natural nacional y del patrimonio cultural histórico, al que se refiere la Natuurschoonwet 1928 (Ley de conservación del patrimonio natural de 1928), una razón imperiosa de interés general que justifica una normativa según la cual la aplicación de una exención del impuesto sobre donaciones (régimen de recaudación) se limita a las fincas ubicadas en los Países Bajos?

¿Pueden invocar las autoridades de un Estado miembro, al examinar si un bien inmueble situado en otro Estado miembro puede ser calificado como finca en el sentido de la Natuurschoonwet 1928, a efectos de la asistencia de las autoridades del Estado miembro en que está situado el inmueble, la Directiva 2010/24/UE del Consejo, ( 1

) de 16 de marzo de 2010, sobre la asistencia mutua en materia de cobro de los créditos correspondientes a determinados impuestos, derechos y otras medidas, aun...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT