Decisión de la Comisión, de 19 de noviembre de 2007, sobre el reconocimiento de procedimientos de certificación de conformidad con el artículo 9 del Reglamento (CE) nº 761/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se permite que las organizaciones se adhieran con carácter voluntario a un sistema comunitario de gestión y auditoría...

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 19 de noviembre de 2007 sobre el reconocimiento de procedimientos de certificación de conformidad con el artículo 9 del Reglamento (CE) no 761/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se permite que las organizaciones se adhieran con carácter voluntario a un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS), y por la que se deroga la Decisión 97/264/CE [notificada con el número C(2007) 5291] (Texto pertinente a efectos del EEE) (2007/747/CE) LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 761/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de marzo de 2001, por el que se permite que las organizaciones se adhieran con carácter voluntario a un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS) (1), y, en particular, su artículo 9,

Considerando lo siguiente:

(1) La Comisión ha seleccionado una serie de normas internacionales revisadas y de requisitos europeos de acreditación de organismos de certificación que cumplen lo exigido en el artículo 9 del Reglamento (CE) no 761/2001 y que, por consiguiente, deben ser reconocidos por la Comisión.

(2) Las normas y los requisitos de acreditación reconocidos por la Decisión 97/264/CE de la Comisión, de 16 de abril de 1997, sobre el reconocimiento de procedimientos de certificación de conformidad con el artículo 12 del Reglamento (CEE) no 1836/93 del Consejo por el que se permite que las empresas del sector industrial se adhieran con carácter voluntario a un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (2), han dejado de utilizarse y, por consiguiente, debe derogarse la Decisión 97/264/CE.

(3) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité creado en virtud del artículo 14 del Reglamento (CE) no 761/2001.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

A efectos de la aplicación del artículo 9 del Reglamento (CE) no 761/2001, la Comisión reconoce las siguientes normas y requisitos de acreditación de organismos de certificación:

1) en la legislación austriaca: Ley de gestión ambiental (UMG BGBl.I Nr.96/2001) en la versión pertinente aplicable a los verificadores medioambientales (organismos y personas);

2) en la legislación alemana: Directrices para la acreditación de organismos de certificación de sistemas de gestión medioambiental y procedimientos de certificación de...

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