Decisión de la Comisión, de 25 de noviembre de 2009, por la que se crea un cuestionario para los informes de los Estados miembros acerca de la aplicación de la Directiva 2006/66/CE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a las pilas y acumuladores y a los residuos de pilas y acumuladores [notificada con el número C(2009) 9105]

SectionDirective
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

L 312/56 Diario Oficial de la Unión Europea 27.11.2009

ES

II

(Actos adoptados en aplicación de los Tratados CE/Euratom cuya publicación no es obligatoria)

DECISIONES

COMISIÓN

DECISIÓN DE LA COMISIÓN

de 25 de noviembre de 2009

por la que se crea un cuestionario para los informes de los Estados miembros acerca de la aplicación de la Directiva 2006/66/CE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a las pilas y acumuladores y a los residuos de pilas y acumuladores

[notificada con el número C(2009) 9105]

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2009/851/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 2006/66/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de septiembre de 2006, relativa a las pilas y acumuladores y a los residuos de pilas y acumuladores y por la que se deroga la Directiva 91/157/CEE

( 1 ), y, en particular, su artículo 22, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1) En virtud del artículo 22, apartado 1, de la Directiva 2006/66/CE, los Estados miembros deben informar regularmente sobre la base de un cuestionario acerca de la aplicación de dicha Directiva.

(2) Con el fin de evitar una carga administrativa excesiva como resultado de la cumplimentación del informe, es conveniente limitar la información requerida a los datos más pertinentes para que la Comisión evalúe la necesidad de mejorar la aplicación de la Directiva 2006/66/CE.

(3) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité establecido en virtud del artículo 18, apartado 1, de la Directiva 2006/12/CE del Parlamento Europeo y el Consejo

( 2 ).

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Los Estados miembros realizarán los informes sobre la aplicación de la Directiva 2006/66/CE sobre la base del cuestionario que figura en el anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 25 de noviembre de 2009.

Por la Comisión Stavros DIMAS

Miembro de la Comisión

( 1 ) DO L 266 de 26.9.2006, p. 1.

( 2 ) DO L 114 de 27.4.2006, p. 9.

ES

27.11.2009 Diario Oficial de la Unión Europea L 312/57

ANEXO

CUESTIONARIO PARA LOS INFORMES DE LOS ESTADOS MIEMBROS ACERCA DE LA APLICACIÓN DE LA

DIRECTIVA 2006/66/CE

  1. Transposición al Derecho nacional

    Información que deberá figurar en el primer informe de los Estados miembros:

    1. facilítese la referencia y el enlace electrónico, si...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT