Decisión de la Comisión, de 2 de febrero de 2005, que modifica los anexos I y II de la Decisión 2002/308/CE, por la que se establecen listas de zonas y piscifactorías autorizadas en relación con la septicemia hemorrágica viral (SHV) y la necrosis hematopoyética infecciosa (NHI) [notificada con el número C(2005) 188] (1)

SectionDecision
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

II

(Actos cuya publicación no es una condición para su aplicabilidad)

COMISIÓN

DECISIÓN DE LA COMISIÓN

de 2 de febrero de 2005

que modifica los anexos I y II de la Decisión 2002/308/CE, por la que se establecen listas de zonas y piscifactorías autorizadas en relación con la septicemia hemorrágica viral (SHV) y la necrosis hematopoyética infecciosa (NHI)

[notificada con el número C(2005) 188]

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2005/107/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 91/67/CEE del Consejo, de 28 de enero de 1991, relativa a las condiciones de policía sanitaria aplicables a la puesta en el mercado de animales y de productos dela acuicultura (1), y, en particular, sus artículos 5 y 6,

Considerando lo siguiente:

(1) En la Decisión 2002/308/CE de la Comisión (2) se establecen listas de zonas autorizadas y piscifactorías autorizadas situadas en zonas no autorizadas en relación con algunas enfermedades de los peces.

(2) Francia ha presentado los justificantes para obtener la calificación de zona autorizada con respecto a la SHV y la NHI para determinadas zonas ubicadas en su territorio. La documentación aportada demuestra que las zonas indicadas reúnen las condiciones contempladas en el artículo 5 de la Directiva 91/67/CEE. Por lo tanto, conviene concederles la calificación de zonas autorizadas y añadirlas a la lista de zonas autorizadas.

(3) Dinamarca, Francia e Italia han presentado los justificantes para obtener la concesión de la calificación de piscifactoría autorizada situada en zona no autorizada con respecto a la NHI y la SHV para determinadas piscifactorías ubicadas en sus territorios. La documentación aportada demuestra que las explotaciones indicadas reúnen las condiciones contempladas en el artículo 6 de la Directiva 91/67/CEE. Por lo tanto, conviene concederles la calificación de piscifactoría autorizada situada en una zona no autorizada y añadirlas a la lista de piscifactorías autorizadas.

(4) La Decisión 2003/634/CE de la Comisión (3) aprueba y enumera programas presentados por los Estados miembros para obtener la calificación de zona autorizada y piscifactoría autorizada en relación con la SHV y la NHI. Italia ha notificado que se han ultimado los dos programas aprobados mediante dicha Decisión. La documentación aportada demuestra que es conveniente conceder a una explotación determinada la calificación de piscifactoría autorizada situada en una zona no autorizada y añadirla a la lista de piscifactorías autorizadas, y, asímismo, conceder a una zona determinada la calificación de zona autorizada y añadirla a la lista de zonas autorizadas.

ES 8.2.2005 Diario Oficial de la Unión Europea L 34/21

(1) DO L 46 de 19.2.1991, p. 1. Directiva cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 806/2003 (DO L 122 de 16.5.2003, p. 1).

(2) DO L 106 de 23.4.2002, p. 28. Decisión cuya última modificación la constituye la Decisión 2004/850/CE (DO L 368 de 15.12.2004, p. 28).

(3) DO L 220 de 3.9.2003, p. 8. Decisión cuya última modificación la constituye la Decisión 2004/328/CE (DO L 104 de 8.4.2004, p. 129).

(5) Por tanto, la Decisión 2002/308/CE debe modificarse en consecuencia.

(6) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La Decisión 2002/308/CE se modificará como sigue:

1) El anexo I se sustituirá por el anexo I de la presente Decisión.

2) El anexoII se sustituirá por el anexo II de la presente Decisión.

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 2 de febrero de 2005.

Por la Comisión Markos KYPRIANOU

Miembro de la Comisión ES L 34/22 Diario Oficial de la Unión Europea 8.2.2005

ANEXO I

'ANEXO I

ZONAS AUTORIZADAS RESPECTO DE LAS ENFERMEDADES DE LOS PECES SEPTICEMIA HEMORRÁGICA VIRAL (SHV) O NECROSIS HEMATOPOYÉTICA INFECCIOSA (NHI)

  1. A. ZONAS (1) AUTORIZADAS RESPECTO DE LA SHV EN DINAMARCA

    -- Hansted Å -- Hovmølle Å -- Grenå -- Treå -- Alling Å -- Kastbjerg -- Villestrup Å -- Korup Å -- Sæby Å -- Elling Å -- Uggerby Å -- Lindenborg Å -- Øster Å -- Hasseris Å -- Binderup Å -- Vidkær Å -- Dybvad Å -- Bjørnsholm Å -- Trend Å -- Lerkenfeld Å -- Vester Å -- Lønnerup med tilløb -- Slette Å -- Bredkær Bæk -- Vandløb til Kilen -- Resenkær Å -- Klostermølle Å -- Hvidbjerg Å -- Knidals Å -- Spang Å -- Simested Å -- Skals Å -- Jordbro Å -- Fåremølle Å -- Flynder Å -- Damhus Å -- Karup Å -- Gudenåen -- Halkær Å -- Storåen -- Århus Å -- Bygholm Å -- Grejs Å -- Ørum Å

  2. B. ZONAS AUTORIZADAS RESPECTO DE LA NHI EN DINAMARCA

    -- Dinamarca (2)

  3. ZONAS AUTORIZADAS RESPECTO DE LA SHV Y LA NHI EN ALEMANIA

    2.1. BADEN WÜRTTEMBERG (3)

    -- Isenburger Tal desde el nacimiento hasta la desembocadura en la piscifactoría de Falkenstein.

    -- Eyach y sus tributarios desde el nacimiento hasta la primera represa aguas abajo situada cerca de la localidad de Haigerloch.

    -- Andelsbach y sus tributarios desde el nacimiento hasta la turbina próxima a la localidad de Krauchenwies.

    -- Lauchert y sus tributarios desde el nacimiento hasta el obstáculo de la turbina próxima a la localidad de Sigmaringendorf.

    -- Grosse Lauter y sus tributarios desde el nacimiento hasta el obstáculo de la cascada próxima a Lauterach.

    -- Wolfegger Aach y sus tributarios desde el nacimiento hasta el obstáculo de la cascada próxima a Baienfurth.

    -- La cuenca fluvial del Enz, compuesta por el Grosse Enz, el Kleine Enz y el Eyach desde sus nacimientos respectivos hasta la presa infranqueable situada en el centro de Neuenbürg.

    ES 8.2.2005 Diario Oficial de la Unión Europea L 34/23

    (1) Cuencas hidrográficas y las zonas litorales pertenecientes a las mismas.

    (2) Incluidas todas las zonas litorales y del interior de su territorio.

    (3) Partes integrantes de las cuencas hidrográficas.

  4. ZONAS AUTORIZADAS RESPECTO DE LA SHV Y LA NHI EN ESPAÑA

    3.1. REGIÓN: PRINCIPADO DE ASTURIAS

    Zonas continentales

    -- Todas las cuencas fluviales de Asturias.

    Zonas litorales

    -- Toda la costa de Asturias.

    3.2. REGIÓN: COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA

    Zonas continentales

    -- Cuencas fluviales de Galicia:

    -- incluidas las cuencas del Eo, el Sil desde su nacimiento en la provincia de León, el Miño desde su nacimiento hasta la presa de Frieira y el Limia desde su nacimiento hasta la presa Das Conchas,

    -- excluida la cuenca del Támega.

    Zonas litorales

    -- Zona costera de Galicia desde la desembocadura del Eo (Isla Pancha) hasta la Punta Picos (desembocadura del Miño).

    3.3. REGIÓN: COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN

    Zonas continentales

    -- Cuenca del Ebro desde su nacimiento hasta el pantano de Mequinenza en la Comunidad de Aragón.

    -- Río Isuela desde su nacimiento hasta la presa de Arguis.

    -- Río Flumen desde su nacimiento hasta la presa de Santa María de Belsue.

    -- Río Guatizalema desde su nacimiento hasta la presa de Vadiello.

    -- Río Cinca desde su nacimiento hasta la presa de Grado.

    -- Río Esera desde su nacimiento hasta la presa de Barasona.

    -- Río Noguera Ribagorzana desde su nacimiento hasta la presa de Santa Ana.

    -- Río Matarraña desde su nacimiento hasta la presa de Aguas de Pena.

    -- Río Pena desde su nacimiento hasta la presa de Pena.

    -- Río Guadalaviar-Turia desde su nacimiento hasta la presa del Generalísimo, en la provincia de Valencia.

    -- Río Mijares desde su nacimiento hasta la presa de Arenós, en la provincia de Castellón.

    Los demás cursos fluviales de la Comunidad de Aragón se consideran zonas de seguridad.

    3.4. REGIÓN: COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

    Zonas continentales

    -- Cuenca del Ebro desde su nacimiento hasta el pantano de Mequinenza en la Comunidad de Aragón.

    -- Río Bidasoa desde su nacimiento hasta su desembocadura.

    -- Río Leizarán desde su nacimiento hasta la presa de Leizarán (Muga).

    Los demás cursos fluviales de la Comunidad Foral de Navarra se consideran zonas de seguridad.

    ES L 34/24 Diario Oficial de la Unión Europea 8.2.2005

    3.5. REGIÓN: COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA Y LEÓN

    Zonas continentales

    -- Cuenca del Ebro desde su nacimiento hasta el pantano de Mequinenza en la Comunidad de Aragón.

    -- Río Duero desde su nacimiento hasta la presa de Aldeávila.

    -- Río Sil.

    -- Río Tiétar desde su nacimiento hasta la presa de Rosarito.

    -- Río Alberche desde su nacimiento hasta el embalse de Burguillo.

    Los demás cursos fluviales de la Comunidad Autónoma de Castilla y León se consideran zonas de seguridad.

    3.6. REGIÓN: COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA

    Zonas continentales

    -- Cuenca del Ebro desde su nacimiento hasta el pantano de Mequinenza en la Comunidad de Aragón.

    -- Cuencas fluviales de los ríos siguientes desde su nacimiento hasta el mar:

    -- Deva.

    -- Nansa.

    -- Saja-Besaya.

    -- Pas-Pisueña.

    -- Asón.

    -- Agüera.

    Las cuencas fluviales de los ríos Gandarillas, Escudo, Miera y Campiazo se consideran zonas de seguridad.

    Zonas litorales

    -- Toda la costa de Cantabria desde la desembocadura del río Deva hasta la cala de Ontón.

    3.7. REGIÓN: COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA

    Zonas continentales

    Cuenca delEbro desde su nacimiento hasta el pantano de Mequinenza en la Comunidad de Aragón.

  5. A. ZONAS AUTORIZADAS RESPECTO DE LA SHV Y LA NHI EN FRANCIA

  6. A.1. ADUR-GARONA

    Cuencas fluviales

    -- Cuenca del Charente.

    -- Cuenca del Seudre.

    -- Cuencas de los ríos litorales del estuario de Gironda, en el departamento de Charente-Maritime.

    -- Cuencas fluviales del Nive y del Nivelles, (departamento de los Pirineos Atlánticos).

    -- Cuenca del Forges (departamento de las Landas).

    -- Cuenca del Dronne, desde el nacimiento hasta el pantano de Eglisottes en Monfourat (departamento de Dordoña).

    -- Cuenca del Beauronne, desde el nacimiento hasta el pantano de Faye (departamento de Dordoña).

    -- Cuenca del Valouse, desde el nacimiento hastael pantano de Roches-Noires (departamento de Dordoña).

    -- Cuenca del Paillasse, desde el nacimiento hasta el pantano de Grand Forge...

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