Directiva 1999/52/CE de la Comisión, de 26 de mayo de 1999, por la que se adapta al progreso técnico la Directiva 96/96/CE del Consejo sobre la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros relativas a la inspección técnica de los vehículos de motor y de sus remolquesTexto pertinente a los fines del EEE (1)

SectionDirective
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

ES Diario Oficial de las Comunidades Europeas 5. 6. 1999L 142/26

DIRECTIVA 1999/52/CE DE LA COMISIÓN de 26 de mayo de 1999 por la que se adapta al progreso técnico la Directiva 96/96/CE del Consejo sobre la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros relativas a la inspección técnica de los vehículos de motor y de sus remolques (Texto pertinente a los fines del EEE) LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 96/96/CE del Consejo, de 20 de diciembre de 1996, sobre la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros relativas a la inspección técnica de los vehículos de motor y de sus remolques (1), y en particular, el apartado 2 de su artículo 7, (1) Considerando que el primer Programa Auto-Oil (2) concluyó que la calidad del mantenimiento de los vehículos de motor constituye un elemento decisivo en lo que se refiere a los efectos del tráfico en la calidad del aire;

(2) Considerando que la sección 8.2 del anexo II de la Directiva 96/96/CE especifica los ensayos a realizar en las inspecciones técnicas periódicas de los vehículos, al objeto de comprobar el buen mantenimiento de los mismos;

(3) Considerando que la sección 8.2.2 del anexo II de la Directiva 92/55/CEE del Consejo (3), especifica que, a partir del 1 de enero de 1996, el ensayo de las emisiones de los vehículos diesel debe consistir en medir la opacidad de los gases de escape acelarando el motor en vacío (motor desembragado y pasando de la velocidad de ralenti a la velocidad de desconexión);

(4) Considerando que la presente Directiva va dirigida a establecer una adaptación al progreso técnico que mejorará el rendimiento de las inspecciones técnicas de las emisiones de los vehículos diesel;

(5) Considerando que es preciso profundizar los estudios sobre la puesta a punto de procedimientos alternativos de ensayo para comprobar las condiciones de mantenimiento de los vehículos diesel, sobre todo en lo que se refiere a las partículas y los NOx;

(6) Considerando que las medidas previstas en la presente Directiva se ajustan al dictamen del Comité para la adaptación al progreso técnico de la Directiva sobre la inspección técnica de los vehículos de motor instituido en virtud del artículo 8 de la Directiva 96/96/CE,

HA ADOPTADO LA PRESENTE DIRECTIVA:

Artículo 1

La Directiva 96/96/CE quedará modificada como sigue:

En el anexo II, la sección...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT