Notificación con arreglo al artículo 95, apartado 4, del Tratado CE Solicitud para una autorización de prolongación de la legislación nacional que constituye una excepción a las disposiciones de una medida comunitaria de armonización

SectionAuto

Notificación con arreglo al artículo 95, apartado 4, del Tratado CE Solicitud para una autorización de prolongación de la legislación nacional que constituye una excepción a las disposiciones de una medida comunitaria de armonización (2005/C 197/04) (Texto pertinente a efectos del EEE) 1. El 29 de junio de 2005, el Reino de Suecia notificó a la Comisión su solicitud de mantener la aplicación de la legislación nacional relativa a la comercialización de abonos que contienen cadmio. Esta legislación ya estaba en vigor en la fecha de la adhesión del Reino de Suecia a la Unión Europea y se aparta de las disposiciones del Reglamento (CE) no 2003/2003 relativo a abonos (1 ).

  1. En el momento de su adhesión a la Unión Europea a comienzos de 1995, el Reino de Suecia tenía valores límite jurídicamente vinculantes para la concentración de cadmio en abonos minerales, y el artículo 112 y el punto 4 del anexo XII del Acta de adhesión especifican que el artículo 7 de la Directiva 76/116/CEE (2 ) no se aplicará al Reino de Suecia antes del 1 de enero de 1999. A continuación, la Directiva 76/116/CEE fue modificada por la Directiva 98/97/CE (3 ) relativa a la comercialización de abonos que contienen cadmio en Austria, Finlandia y Suecia, que permite, entre otros puntos, que el Reino de Suecia prohíba la comercialización en su territorio de abonos que contienen cadmio en concentraciones superiores a las establecidas a nivel nacional en la fecha de su adhesión. Esta excepción estuvo vigente desde el 1 de enero de 1999 y el 31 de diciembre de 2001.

  2. El 7 de diciembre de 2001, el Reino de Suecia notificó una legislación nacional que se aparta de las disposiciones de la Directiva 76/116/CEE relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre los abonos.

    Después de considerar el asunto con detenimiento, la Decisión 2002/399/CE de la Comisión, de 24 de mayo de 2002 (4 ), sobre las disposiciones nacionales notificadas por el Reino de Suecia con arreglo al apartado 4 del artículo 95 del Tratado CE en relación con el contenido máximo admisible de cadmio en los abonos, concedió una prolongación de la excepción a la Directiva 76/116/CEE hasta el 31 de diciembre de 2005. Este período se concedió partiendo del supuesto de que existiría una normativa armonizada a finales de 2005. A pesar de que se está trabajando en ello, no se adoptará la legislación a escala comunitaria antes de finales de año.

  3. La legislación nacional prohíbe la...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT