Convocatoria de proyectos específicos conforme a la letra c) del artículo 2 de la decisión nº 283/1999/CE: Acciones para conceder apoyo financiero a proyectos específicos que promuevan los intereses de los consumidores en los Estados miembros, en particular a cargo de organizaciones de consumidores y organismos públicos independientes

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Convocatoria de proyectos específicos conforme a la letra c) del artículo 2 de la decisión no 283/1999/CE: Acciones para conceder apoyo financiero a proyectos específicos que promuevan los intereses de los consumidores en los Estados miembros, en particular a cargo de organizaciones de consumidores y organismos públicos independientes (1999/C 191/12) 1. Introducción 1.1. La presente es una convocatoria para que las organizaciones de consumidores y los organismos públicos independientes presenten proyectos cuyo objeto sea promover los intereses de los consumidores en los Estados miembros en el contexto de la aplicación de la letra c) del artículo 2 de la Decisión no 283/1999/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de enero de 1999, por la que se establece un marco general para las actividades comunitarias en favor de los consumidores.

1.2. Se invita a toda persona física o jurídica o asociación de personas físicas que sean independientes de los intereses de la industria y el comercio, en particular organizaciones de consumidores y organismos públicos independientes, y que deseen presentar propuestas de proyectos específicos en los campos indicados en el apartado 3 de la presente convocatoria a que lean atentamente la introducción, los criterios de evaluación y el procedimiento de presentación, selección y aprobación de proyectos en ella contenidos.

1.3. Para definir los criterios de selección de los proyectos específicos y seleccionar aquellos que recibirán la financiación mencionada, un Comité de carácter consultivo, integrado por representantes de los Estados miembros y presidido por el representante de la Comisión, colaborará con esta última (véase el artículo 9 de la Decisión no 283/1999/CE).

  1. PROPUESTAS DE PROYECTOS ESPECÍFICOS 2.1. En el contexto del artículo 4 de la Decisión no 283/1999/CE, que establece los ámbitos concretos (1) a que deben referirse las acciones en cuyo marco se concederá el apoyo financiero mencionado, la Comisión invita a que se le envíen propuestas de proyectos específicos en los ámbitos enumerados más adelante. Cada uno de ellos se presenta bajo uno de los tres objetivos principales de actuación del Plan de acción para la política de los consumidores 1999-2001, por el que se lleva a la práctica el marco general de la Decisión no 283/1999/CE.

    1. UNA VOZ MÁS PODEROSA PARA LOS CONSUMIDORES Se ha publicado un anuncio aparte referente al apoyo financiero a las actividades de organizaciones de consumidores europeas en el cumplimiento de su papel especial de promoción de los intereses de los consumidores a nivel europeo. Se trata de uno de los principales medios para lograr, mediante fondos comunitarios, que se escuche más a los consumidores.

      Conforme a este objetivo principal, la Comisión apoya asimismo proyectos específicos presentados por organizaciones de consumidores nacionales o regionales.

      Ámbito 1: Promoción de los intereses y educación de los consumidores

      1. En el campo de la educación del consumidor: elaboración, prueba y uso de material de enseñanza innovador, formación de los profesores escolares e interacción entre escuelas y su entorno local, incluidas las empresas y los representantes empresariales de la zona.

      2. Educación del consumidor dirigida en especial a grupos desfavorecidos o vulnerables.

      3. Proyectos destinados a desarrollar la especialización y a reforzar las capacidades de las organizaciones de consumidores para intervenir en los ámbitos políticos fundamentales del programa de prioridades políticas de la Comisión, que cubre un periodo de tres años.

        Ámbito 2: Globalización del comercio y negociaciones en la Organización Mundial del Comercio (OMC)

      4. Aumento de la capacidad de las organizaciones de consumidores para seguir las negociaciones comerciales internacionales y participar en ellas, lo que incluiría formación, preparación de posiciones detalladas, etc.

        Ámbito 3: Información y consejo a los consumidores Proyectos que hagan uso de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación para desarrollar una red de información y consejo a los consumidores.

      5. La coordinación, interconexión y promoción conjunta de los sitios Internet de las organizaciones de consumidores.

      6. Proyectos conjuntos destinados a fomentar el desarrollo de fuentes de información en línea (por ejemplo, bases de datos) y sistemas de asesoría (por ejemplo, sistemas ramificados de decisión, procedimientos de queja, etc.).

        ES8.7.1999 Diario Oficial de las Comunidades Europeas C 191/15 (1) El artículo 4 de la Decisión no 283/1999/CE establece que las acciones cuyo marco se concederá apoyo financiero se referirán a los ámbitos siguientes: a) la salud y la seguridad de los consumidores en relación con los productos y servicios; b) la protección de los intereses económicos y jurídicos de los consumidores, incluida la resolución de litigios, en relación con productos y servicios, teniendo en cuenta los aspectos horizontales; c) la educación e información de los consumidores en cuanto a su protección y sus derechos, y d) la promoción y la representación de los intereses de los consumidores.

      7. Proyectos que ayuden a las...

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