Decisión de la Comisión, de 21 de febrero de 2006, por la que se modifica la Decisión 93/52/CEE, en lo que respecta a la declaración de que Polonia y determinadas provincias o regiones de Italia están indemnes de brucelosis (B. melitensis), y la Decisión 2003/467/CE, en lo que respecta a la declaración de que determinadas provincias o regiones...

SectionActa final
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 21 de febrero de 2006 por la que se modifica la Decisión 93/52/CEE, en lo que respecta a la declaración de que Polonia y determinadas provincias o regiones de Italia están indemnes de brucelosis (B. melitensis), y la Decisión 2003/467/CE, en lo que respecta a la declaración de que determinadas provincias o regiones de Italia están indemnes de tuberculosis bovina, brucelosis bovina y leucosis bovina enzoótica [notificada con el número C(2006) 490] (Texto pertinente a efectos del EEE) (2006/169/CE) LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 64/432/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1964, relativa a problemas de policía sanitaria en materia de intercambios intracomunitarios de animales de las especies bovina y porcina (1), y, en particular, su anexo A, capítulo I, punto 4, su anexo A, capítulo II, punto 7, y su anexo D, capítulo I, letra E,

Vista la Directiva 91/68/CEE del Consejo, de 28 de enero de 1991, relativa a las normas de policía sanitaria que regulan los intercambios intracomunitarios de animales de las especies ovina y caprina (2), y, en particular, su anexo A, capítulo 1, punto II,

Considerando lo siguiente:

(1) La Decisión 93/52/CEE de la Comisión, de 21 de diciembre de 1992, por la que se reconoce que determinados Estados miembros o regiones cumplen las condiciones referentes a la brucelosis (B. melitensis) y se les concede la calificación de Estados miembros o regiones oficialmente indemnes de esta enfermedad (3), establece una lista de las regiones de los Estados miembros reconocidas oficialmente indemnes de brucelosis (B. melitensis) con arreglo a la Directiva 91/68/CEE.

(2) Polonia presentó documentación a la Comisión en relación con todo su territorio, en la que se demuestra el cumplimiento de las condiciones previstas en el anexo A, capítulo 1, punto II, apartado 1, letra b), de la Directiva 91/68/EEC. Además, Polonia se ha comprometido a cumplir otras condiciones establecidas en la Directiva 91/68/CEE en relación con los controles aleatorios que deben efectuarse después de que Polonia sea reconocida indemne de brucelosis.

(3) Por lo tanto, debe reconocerse a Polonia oficialmente indemne de brucelosis (B. melitensis) por lo que respecta a las explotaciones de ganado ovino o caprino.

(4) Al menos el 99,8 % de las explotaciones de ganado ovino o caprino de la región de Friul-Venecia Julia, la provincia de Savona en la región de Liguria, la provincia de Isernia en la región de Molise y la provincia de Pescara en la región de Abruzos, son explotaciones oficialmente indemnes de brucelosis. Además, estas provincias y esta región se han comprometido a cumplir otras condiciones establecidas en la Directiva 91/68/CEE en relación con los controles aleatorios que deben efectuarse después de que las provincias en cuestión sean reconocidas indemnes de brucelosis.

(5) Por lo tanto, debe reconocerse a la región de Friul-Venecia Julia, la provincia de Savona en la región de Liguria, la provincia de...

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