Sentencia del Tribunal (Sala Quinta) de 15 de octubre de 1998 en el asunto C-268/97: Comisión de las Comunidades Europeas contra Reino de Bélgica (Incumplimiento de Estado - Directiva 86/609/CEE)

SectionDirective
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva 94/ 69/CE de la ComisiÛn, de 19 de diciembre de 1994, por la que se adapta, por vigesimoprimera vez, al progreso te'cnico la Directiva 67/548/CEE del Consejo, relativa a la aproximaciÛn de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas en materia de clasificaciÛn, embalaje y etiquetado de las sustancias peligrosas (DO L 381 de 31.12.1994, p. 1), al no adoptar todas las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para cumplir dicha Directiva, el Tribunal de Justicia (Sala Tercera), integrado por los Sres.: C. Gulmann (Ponente), Presidente de Sala; J. C. Moitinho de Almeida y J.-P. Puissochet, Jueces; Abogado General: Sr. P. Le'ger; Secretario: Sr.

  1. Grass; ha dictado el 6 de octubre de 1998 una sentencia cuyo fallo es el siguiente:

    1) Se declara que el Reino de Be'lgica ha incumplido las obligaciones que le inumben en virtud del pa'rrafo primero del artÌculo 2 de la Directiva 94/69/CE de la ComisiÛn, de 19 de diciembre de 1994, por la que se adapta, por vigesimoprimera vez, al progreso te'cnico la Directiva 67/548/CEE del Consejo, relativa a la aproximaciÛn de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas en materia de clasificaciÛn, embalaje y etiquetado de las sustancias peligrosas, al no adoptar, dentro del plazo senƒalado, todas las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para cumplir dicha Directiva.

    2) Se condena en costas al Regino de Be'lgica.

    (1 ) DO C 166 de 30.5.1998.

    SENTENCIA DEL TRIBUNAL (Sala Sexta) de 15 de octubre de 1998 en el asunto C-229/97: ComisiÛn de las Comunidades Europeas contra Repu'blica Portuguesa (1 ) (Incumplimiento de Estado – AdaptaciÛn incompleta del Derecho interno a la Directiva 79/869/CEE) (98/C 378/03) (Lengua de procedimiento: portugue's) (TraducciÛn provisional; la traducciÛn definitiva se publicara' en la 'RecopilaciÛn de la Jurisprudencia del Tribunal de Justicia') En el asunto C-229/97, ComisiÛn de las Comunidades Europeas (Agente: Sr. Francisco de Sousa Fialho) contra Repu'blica Portuguesa (Agentes: Sres. LuÌs Fernandes y Joaƒo Lopes Fernandes), que tiene por objeto que se declare que la Repu'blica Portuguesa ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del pa'rrafo tercero del artÌculo 189 del Tratado CE y del artÌculo 13 de la Directiva 79/869/CEE del Consejo, de 9 de octubre de 1979, relativa a los me'todos de mediciÛn y a la frecuencia de los muestreos...

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